La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de regulación de jurisdicción interpuesto por la empresa Entregas K.M.A; C.A. contra la decisión del Tribunal Sexto de Municipio Ordinario que declaró improcedente la falta de jurisdicción en un caso de resolución de contrato de arrendamiento. La Sala determinó que el Poder Judicial tiene jurisdicción para conocer y decidir la demanda presentada por los ciudadanos Olga Rosina Gamero Ruíz y Luis Miguel Gamero Ruíz, confirmando así la decisión del tribunal inferior.
Extracto de la motiva
Por lo tanto, al haberse demandado en el presente caso la resolución del contrato de arrendamiento por incumplimiento de las cláusulas establecidas en el pacto celebrado entre las partes en fecha 14 de marzo de 2014, cuyo objeto era el arrendamiento de un local comercial, debe tenerse que estamos ante una causa de derecho común, cuyo conocimiento y decisión corresponde a los órganos de la Jurisdicción Civil ordinaria, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 del citado Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Regulación del Arrendamiento Inmobiliario para el Uso Comercial. Así se establece.
Dispositiva
1.- SIN LUGAR el recurso de regulación de jurisdicción ejercido por la representación judicial de la sociedad ENTREGAS K.M.A; C.A., contra la Sentencia de fecha 4 de febrero de 2015, dictada por el Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, la cual se CONFIRMA en el presente fallo. 2.- Que el PODER JUDICIAL TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la demanda por resolución de contrato de arrendamiento interpuesta por el apoderado de los ciudadanos OLGA ROSINA GAMERO RUÍZ y LUIS MIGUEL GAMERO RUÍZ. Se CONDENA EN COSTAS a la sociedad mercantil ENTREGAS K.M.A; C.A., conforme a lo dispuesto en los artículos 274 y 276 del Código de Procedimiento Civil, por haber resultado totalmente vencida en el presente recurso de regulación de jurisdicción.