La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró su incompetencia para conocer el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por León Alejandro Gutiérrez Navarro contra un acto administrativo del Alcalde del Municipio Libertador. La Sala ordenó remitir el expediente al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, que es el tribunal competente para conocer del caso. Posteriormente, se presentó un escrito de reforma al recurso, pero la Sala determinó que no tenía materia sobre la cual decidir respecto a dicho escrito.
Extracto de la motiva
La Sala considera que será el referido Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital el cual -previa distribución- deberá examinar el escrito de reforma presentado por el recurrente, a los fines de pronunciarse acerca de la admisibilidad del recurso interpuesto. En atención a lo anteriormente expuesto, la Sala declara que no tiene materia sobre la cual decidir respecto al escrito presentado en fecha 18 de febrero de 2009 por el recurrente, ciudadano León Alejandro Gutiérrez Navarro. Así se declara.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que NO TIENE MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR con relación al escrito presentado en fecha 18 de febrero de 2009 por el ciudadano León Alejandro Gutiérrez Navarro, actuando en su propio nombre. Publíquese, regístrese y comuníquese. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
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