La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de Efraín Alexis Rivas Sosa para fijar una nueva audiencia de juicio tras su inasistencia a la audiencia programada. La Sala consideró que la inasistencia se debió a una causa no imputable y, por lo tanto, decidió abrir una articulación probatoria de ocho días para que el demandante pruebe la ocurrencia de los hechos alegados. Finalmente, se ordenó remitir el expediente al Juzgado de Sustanciación para las notificaciones correspondientes.
Extracto de la motiva
motivado a la anotación que [realizó en su] agenda de la hora IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 2 de 7 fijada para la audiencia (…) para horas del medio día, siendo realizada a las 10:00 am”. (Agregado de la Sala). Mediante escrito del 7 de mayo de 2019, el abogado Manuel Felipe Duarte Abraham, actuando en su carácter de Fiscal Provisorio Séptimo del Ministerio Público con competencia para actuar ante la Sala Plena, y las Salas de Casación Civil y Penal, Constitucional, Político-Administrativa y Electroral de este Alto Tribunal, solicitó se declare procedente la
Dispositiva
ORDENA de acuerdo a lo previsto en el artículo 40 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en concordancia con el artículo 202 del Código de Procedimiento Civil, abrir una articulación probatoria de ocho (8) días de despacho, los cuales comenzarán a computarse a partir de la notificación ordenada, a los fines que la parte demandante pruebe la ocurrencia de los hechos alegados y la incidencia de éstos en su inasistencia a la Audiencia de Juicio celebrada el 2 de mayo de 2019 a las 10:20 a.m.