Sentencia N° 347 — Sala Político Administrativa del TSJ, 23 de marzo de 2011

TSJ/SPA, Sent. N° 00347, Exp. 2009-0780, 24/03/2011
Expediente2009-0780
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2011-03-23
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de nulidad interpuesto por ALSTOM TECHNOLOGIES contra el acto administrativo tácito del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL COMERCIO. La decisión se basa en que la recurrente dejó transcurrir el lapso de seis meses para interponer el recurso, contados a partir del vencimiento del plazo de noventa días que tenía la Administración para decidir el recurso jerárquico. La Sala concluye que el silencio administrativo no puede ser utilizado para reabrir la vía contencioso-administrativa, dado que ya había operado anteriormente.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala emitir pronunciamiento sobre el recurso de nulidad ejercido contra el acto denegatorio tácito producto del silencio administrativo del MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN Y EL COMERCIO, hoy MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL COMERCIO, al haber omitido dar respuesta a “los recursos jerárquicos” incoados por la empresa ALSTOM TECHNOLOGIES en fecha 3 de octubre de 2002 y “ratificado el 12 de noviembre de 2008”, contra la Resolución N° 00548 del 2 de agosto de 2002 dictada por el Registrador de la Propiedad Industrial, publicada en el Boletín de la Propiedad Industrial N° 452 de fecha 13 de septiembre de ese mismo año, que declaró “SIN LUGAR los recursos de reconsideración ejercidos en contra de la Resolución N° 0484, publicada en el Boletín de la Propiedad Industrial N° 431 de fecha 18 de junio de 1999, Tomo II; que negó de oficio las solicitudes de registro del signo ALSPA, solicitad[a] por [su] representada en fecha 15 de abril de 1998, bajo los Nos. 98-06434 y 98-06435, clase internacional: 7 y 9”. Del recurso de autos se observa que en la oportunidad de presentar sus informes escritos la representante judicial de la Procuraduría General de la República solicitó como punto previo, que fuese declarada inadmisible la pretensión recursiva. En tal sentido, a los fines de dilucidar lo esgrimido por la representante de la República esta Sala observa: De la revisión de las actas procesales se constata que el Registro de la Propiedad Industrial, adscrito al entonces Ministerio de la Producción y el Comercio, mediante Resolución N° 0484 de fecha 14 de mayo de 1999, negó “de oficio las solicitudes” de registro números 98-06434 y 98-06435 de la marca “ALSPA clase: 7 y 9”, por considerarlas similares al registro preexistente N° F-078410, clase 21 de la marca “ALPS” autorizado previamente a la empresa “ALPES ELECTRIC CO. LTD”. Contra el mencionado acto administrativo, el 12 de julio de 1999 la sociedad mercantil Alstom Technologies ejerció recurso de reconsideración, el cual fue declarado sin lugar por el Registrador de la Propiedad Industrial, mediante Resolución N° 00548 de fecha 2 de agosto de 2002.

Dispositiva

En virtud de las anteriores consideraciones, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de nulidad ejercido por la sociedad mercantil ALSTOM TECHNOLOGIES contra el acto administrativo tácito denegatorio producto del silencio administrativo del MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN Y EL COMERCIO, hoy MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL COMERCIO, al haber omitido dar respuesta a “los recursos jerárquicos” incoados por la empresa recurrente en fecha 3 de octubre de 2002 y “ratificado el 12 de noviembre de 2008”, contra la Resolución N° 00548 del 2 de agosto de 2002 dictada por el Registrador de la Propiedad Industrial y publicada en el Boletín de la Propiedad Industrial N° 452 de fecha 13 de septiembre de ese mismo año. En consecuencia, se REVOCA el auto de admisión dictado por el Juzgado de Sustanciación de fecha 3 de diciembre de 2009.

Palabras clave

NulidadSilencio administrativoALSTOM TECHNOLOGIESRegistro de la Propiedad Industrial

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