Sentencia N° 3465 — Sala Político Administrativa del TSJ, 24 de mayo de 2005

TSJ/SPA, Sent. N° 03465, Exp. 2003-1264, 26/05/2005
Expediente2003-1264
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2005-05-24
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la competencia para conocer del recurso de nulidad interpuesto por Víctor Hugo González contra un auto de la Inspectoría del Trabajo. Se determinó que la competencia corresponde al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, basándose en criterios establecidos por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia. La decisión se fundamenta en la falta de norma que atribuya a los tribunales laborales la competencia para conocer de actos administrativos de las Inspectorías del Trabajo.

Extracto de la motiva

Conforme a las consideraciones expuestas en el fallo antes aludido, esta Sala, atendiendo al presente caso, observa que se ha ejercido un recurso de nulidad contra el auto de fecha 13 de marzo de 2000, dictado por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO en el Estado Portuguesa, mediante la cual declaró su incompetencia para conocer de la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, incoada por el ciudadano Víctor Hugo González, por lo que resulta aplicable el criterio expuesto por la Sala Plena de este Alto Tribunal, siendo procedente declarar competente para conocer del caso al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental. Así se decide.

Dispositiva

Atendiendo a los razonamientos expresados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que la COMPETENCIA para conocer y decidir el recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano Víctor Hugo González, asistido por la abogada Noris C. Tahan, ambos identificados, contra el referido auto de fecha 13 de marzo de 2000, dictado por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO del Estado Portuguesa, que declaró su incompetencia para conocer de la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, incoada por el mencionado ciudadano, corresponde al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental. En consecuencia, se ordena remitir el expediente al referido Juzgado.

Palabras clave

nulidadcompetenciaInspectoría del Trabajorecurso contencioso administrativodespidoreenganchesalarios caídos

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca