La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la competencia para conocer de la regulación oficiosa de competencia planteada en un caso de nulidad interpuesto por la CORPORACIÓN FORESTAL GUAYAMURE, C.A. contra una resolución de la Superintendencia de Administración Tributaria del Municipio Caroní. La sentencia establece que el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Guayana es el competente para conocer del asunto, dado que la naturaleza del acto administrativo impugnado está relacionada con obligaciones tributarias y administrativas.
Extracto de la motiva
En este sentido, conforme a los razonamientos expuestos, dicho Tribunal Superior Contencioso Tributario resultaba incompetente en razón de la materia para conocer y decidir el amparo ejercido por Ganadería R&A, C.A. Así las cosas, siendo que la competencia de un tribunal es materia de eminente orden público, y puede ser estudiada en cualquier estado y grado de la causa, la decisión objeto de la presente solicitud de amparo en apelación, así como todos los actos relativos al proceso de amparo en primera instancia deben ser anulados, hasta la admisión de la causa, la cual deberá ser remitida al tribunal competente para su conocimiento y decisión.
Dispositiva
1.- Que es COMPETENTE para conocer la regulación oficiosa de competencia planteada mediante la sentencia dictada el 18 de noviembre de 2024, identificada con el alfanumérico PJ0662024000077, por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Guayana. 2.- Que CORRESPONDE al Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Guayana, la COMPETENCIA para el conocimiento de la presente causa.