La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia planteado por el Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. El caso se refiere a un recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad mercantil Centro Médico San Francisco, C.A. contra una resolución del Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE) que impuso aportes patronales y multas. La Sala determinó que el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental es el competente para conocer del asunto, dado que el domicilio fiscal de la contribuyente se encuentra en Barquisimeto, Estado Lara.
Extracto de la motiva
El conflicto de competencia planteado se circunscribe a determinar cuál es el Juzgado competente entre el Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, para conocer y decidir el presente recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente Centro Médico San Francisco, C.A., contra la Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo Nº 2446 del 7 de agosto de 2003, emanada de la Gerencia General de Finanzas del Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE); en tal sentido, visto que la instancia superior natural para conocer de las decisiones dictadas por los Tribunales de la Jurisdicción Contencioso Tributaria es esta Sala Político-Administrativa, se afirma su competencia para decidir el conflicto de competencia formulado. Así se declara.
Dispositiva
1.- QUE ES COMPETENTE para conocer del conflicto negativo de competencia planteado. 2.- QUE CORRESPONDE AL TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGIÓN CENTRO OCCIDENTAL la competencia para conocer y decidir el recurso contencioso tributario incoado por los ciudadanos Francisco Ciccone D´Amato y Ana Lucía Falco de Ciccone, actuando con el carácter de Presidente y Vicepresidenta de la sociedad mercantil CENTRO MÉDICO SAN FRANCISCO, C.A., y asistidos por la abogada Blanca Gabriela Hernández; contra la Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo Nº 2446 del 7 de agosto de 2003, emanada de la GERENCIA GENERAL DE FINANZAS DEL INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACIÓN EDUCATIVA (INCE), confirmatoria de las Actas de Reparo Nos. 040135 y 040136.
Palabras clave
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