Sentencia N° 340 — Sala Político Administrativa del TSJ, 21 de febrero de 2002

TSJ/SPA, Sent. N° 00340, Exp. 15221, 26/02/2002
Expediente15221
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoEjecutoria
Fecha de la decisión2002-02-21
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en la que se ordena la ejecución voluntaria de un fallo anterior que declaró con lugar la demanda de la sociedad C Y M Conservaciones y Mantenimiento C.A. contra el Municipio Anaco. La sentencia original, emitida el 2 de diciembre de 1999, condenó al Municipio a pagar diversas sumas por deudas acumuladas y daños, así como a realizar una experticia complementaria para determinar los intereses y costos asociados. La Sala también ordenó la notificación a la Procuradora General de la República y la suspensión del proceso por 30 días para permitir la respuesta de la Procuraduría.

Extracto de la motiva

En el presente caso, se ha solicitado la ejecución voluntaria de la decisión definitiva recaída en este caso en fecha 2 de diciembre de 1999, dictada por el Juzgado de Arbitraje constituido en la Sala Político Administrativa de la extinta Corte Suprema de Justicia, ahora Tribunal Supremo de Justicia, mediante la cual se declaró con lugar la demanda por resolución de contrato, cobro de bolívares y daños y perjuicios interpuesta por la sociedad mercantil C y M Conservaciones y Mantenimiento C.A., a través de su apoderado judicial abogado Carlos Pinto O., contra el Municipio Anaco del Estado Anzoátegui. Del mismo modo solicitó el cumplimiento de la experticia complementaria del fallo ordenada en la mencionada sentencia, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 104 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal.

Dispositiva

Se ordena la ejecución voluntaria de la sentencia dictada en fecha 2 de diciembre de 1999, por el Juzgado de Arbitraje constituido en la Sala Político Administrativa de la extinta Corte Suprema de Justicia, ahora Tribunal Supremo de Justicia, mediante la cual se declaró con lugar la demanda por resolución de contrato, cobro de bolívares y daños y perjuicios interpuesta por la sociedad mercantil C y M Conservaciones y Mantenimiento C.A., contra el Municipio Anaco del Estado Anzoátegui. Se ordena la notificación de la Procuradora General de la República, mediante oficio, anexo al cual se acompañarán copias certificadas de los recaudos pertinentes. Se suspende la presente causa por un lapso de treinta (30) días continuos, contados a partir de la fecha de la consignación de la aludida notificación.

Palabras clave

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