La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de inserción de acta de defunción presentada por varios ciudadanos. El Juzgado de Municipio Ordinario había declarado que no tenía jurisdicción para conocer del asunto, lo que fue confirmado por la Sala. Se argumentó que la competencia para registrar defunciones corresponde al Registro Civil, no al Poder Judicial.
Extracto de la motiva
La decisión anteriormente señalada establece el criterio que el órgano con plena competencia para recibir y procesar las solicitudes de registro en cuanto al fallecimiento de personas naturales es el Registro Civil, órgano que es de carácter netamente administrativo. En el caso bajo análisis, se puede verificar que la petición formulada por el ciudadano Juan Carlos Anzola Sánchez, supra identificado, concierne a la inserción en el Registro Civil de la República Bolivariana de Venezuela del acta de defunción del ciudadano ‘CARLOS ALBERTO SÁNCHEZ ANZOLA’, quien según su dicho falleciera en fecha 1° de septiembre de 2023, en el Norte de la ciudad de Santander, Municipio San José de Cucuta de la República de Colombia. Es evidente que la solicitud en cuestión consiste en registrar el deceso de un ciudadano presuntamente de nacionalidad venezolana, por lo que la presentación y tramitación de la misma corresponde por disposición de la ley al Registro Civil y no ante un órgano judicial, en consecuencia, el Poder Judicial no tiene Jurisdicción ante la Administración Pública por órgano del Registro Civil. Y así se declara (…)
Dispositiva
1.- Que EL PODER JUDICIAL NO TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la solicitud de Inserción de Acta de Defunción de la ciudadana ANA ASCENCIÓN JIMÉNEZ interpuesta por los ciudadanos JORGE ORLANDO CASTRO JIMÉNEZ, LUIS RAFAEL CASTRO JIMÉNEZ, TOMÁS MARTÍN CASTRO JIMÉNEZ y PABLO MARÍA CASTRO JIMÉNEZ, asistidos por el abogado Leonardo Enrique Daza Tovar, ya identificados. 2.- Se CONFIRMA la sentencia consultada, en los términos expuestos. 3.- Se ACUERDA remitir copias certificadas de la presente decisión a la OFICINA DEL REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO ATURES DEL ESTADO AMAZONAS.
Palabras clave
Inserción de Acta de DefunciónJurisdicciónRegistro Civil