La abogada Josefina Entrialgo Sulbarán, en su calidad de Inspectora General de Tribunales, interpuso un recurso de nulidad contra la amonestación impuesta a la Jueza Dorismary Vega Villalobos por la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial. La Sala Político-Administrativa del TSJ analizó los alegatos y determinó que la Jueza había incurrido en errores procesales, pero que estos no justificaban una sanción más severa que la amonestación.
Extracto de la motiva
La Sala considera que la decisión de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial se encuentra ajustada a derecho, ya que la conducta de la Jueza encausada fue calificada como un error inexcusable, pero no se evidenció un daño irreparable al imputado. La amonestación fue considerada como una sanción adecuada a las faltas cometidas, en lugar de la destitución solicitada por la Inspectora General de Tribunales.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de nulidad interpuesto por la abogada Josefina Entrialgo Sulbarán, en su condición de INSPECTORA GENERAL DE TRIBUNALES, contra el acto administrativo de efectos particulares dictado por la COMISIÓN DE FUNCIONAMIENTO Y REESTRUCTURACIÓN DEL SISTEMA JUDICIAL en fecha 27 de diciembre de 2000, mediante el cual se absolvió a la ciudadana DORISMARY VEGA VILLALOBOS, en el procedimiento disciplinario que le siguió la mencionada Inspectoría, por sus actuaciones como Jueza Provisoria Cuarta en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas. En consecuencia, queda FIRME el acto administrativo impugnado.
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