La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la medida de suspensión de efectos de una resolución de la Contraloría General de la República. Se destacó que la suspensión de efectos era accesoria a la acción principal, y dado que se había declarado el desistimiento del recurso de nulidad, se determinó el decaimiento del objeto de la medida cautelar solicitada. La decisión fue firmada y sellada el 10 de marzo de 2009.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala emitir un pronunciamiento con relación a la medida de suspensión de efectos de la Resolución N° 01-00-000302 de fecha 13 de noviembre de 2007, dictada por la Contraloría General de la República, no obstante, debe advertirse lo siguiente: Por sentencia Nº 00275 de fecha 26 de febrero de 2009, esta Sala declaró el desistimiento del recurso de nulidad, como consecuencia del incumplimiento de la carga procesal de la parte actora para consignar la publicación del cartel de emplazamiento dentro del lapso fijado en el aparte 11 del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela. Visto que la suspensión de efectos solicitada es accesoria a la acción principal, y decidido como fue el desistimiento del recurso contencioso administrativo, esta Sala debe declarar el decaimiento del objeto de la referida medida cautelar. Así se establece.
Dispositiva
Atendiendo a los razonamientos expresados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara el DECAIMIENTO de la suspensión de efectos del acto recurrido solicitada por el representante judicial del ciudadano ORLANDO ALCÁNTARA ESPINOZA. Publíquese, regístrese y comuníquese. Agréguese copia certificada de la presente decisión al expediente principal. Archívese el cuaderno separado. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
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