El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, resolvió el recurso contencioso tributario interpuesto por MAWS CENTRO DE VENEZUELA 2008, C.A. contra la Resolución número 000134 de la Superintendencia Municipal de Administración Tributaria (SUMAT). La sentencia de instancia había declarado con lugar el recurso, pero el TSJ revocó dicha decisión, confirmando los reparos fiscales y las sanciones impuestas por la administración tributaria. Se determinó que la contribuyente adeudaba impuestos y multas por no declarar ingresos brutos de actividades económicas no autorizadas.
Extracto de la motiva
MOTIVACIONES PARA DECIDIR Del contenido del acto recurrido; de las alegaciones formuladas por los apoderados judiciales de la recurrente, en su escrito recursivo; y de las observaciones, consideraciones y alegaciones de la representación judicial de la Administración Tributaria de la Alcaldía del Municipio Bolivariano Libertador, en su escrito de informes, el Tribunal delimita la controversia en tener que decidir sobre la legalidad de la Resolución identificada con el número 000134, de fecha 15 de mayo de 2015, emanada de la Superintendencia Municipal de Administración Tributaria (SUMAT) de la Alcaldía del Municipio Bolivariano Libertador, con la cual al considerar improcedentes los descargos presentados contra el Acta de Reparo Fiscal identificada con las letras y números. DA-NO 013/2015, de fecha 10 de febrero de 2015, confirma los reparos formulados a los ejercicios fiscales 2010, 2011, 2012 y 2013; por concepto de impuestos causados y no pagados en dichos ejercicios fiscales como consecuencia de no declarar ingresos brutos obtenidos del ejercicio de las actividades económicas clasificadas en los Código 40.080: ‘Otro tipo de comercio al por me corno clasificados (no incluye productos de la cesta básica y 50.076, ‘Otro tipo de comercio al detal no especificado propiamente.’ Como consecuencia de la decisión que recaiga sobre los reparos formulados y confirmados habrá el Tribunal que pronunciarse sobre la legalidad los siguientes aspectos de la controversia:
Dispositiva
Se declara sin lugar el recurso contencioso tributario interpuesto con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos interpuesto contra la Resolución número 000134 de fecha 15 de mayo de 2015, actos administrativos que quedan firmes. Se condena en costas procesales a la contribuyente.