La Sala Político-Administrativa del TSJ dictó sentencia en la que se declara parcialmente con lugar la demanda interpuesta por Nelly Coromoto Vargas Chávez contra CORPOELEC, por la muerte de su hija a causa de una descarga eléctrica. Se establece que la empresa demandada es responsable por el daño moral causado, y se acuerda una indemnización de seis millones trescientos mil bolívares. La Sala también desestima la solicitud de indexación y las costas procesales.
Extracto de la motiva
La Sala establece que la Corporación Eléctrica Nacional S.A. (CORPOELEC) es responsable del mantenimiento del alumbrado público donde ocurrió el accidente que causó la muerte de la hija de la demandante. Se concluye que la empresa no tomó las precauciones necesarias para evitar el accidente, lo que constituye una negligencia. La Sala también analiza la normativa aplicable y los criterios de responsabilidad civil, determinando que la actora tiene derecho a una indemnización por el daño moral sufrido.
Dispositiva
Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por indemnización de daño moral interpuesta por la ciudadana NELLY COROMOTO VARGAS CHÁVEZ, contra la sociedad mercantil CORPORACIÓN ELÉCTRICA NACIONAL, S.A. (CORPOELEC), y en consecuencia: 1.- ACUERDA para la demandante una indemnización por el daño moral causado con ocasión de la muerte de su hija de SEIS MILLONES TRESCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 6.300.000,00). 2.- Declara IMPROCEDENTES la indexación y las costas procesales solicitadas.