Sentencia N° 331 — Sala Político Administrativa del TSJ, 21 de febrero de 2002

TSJ/SPA, Sent. N° 00331, Exp. 16560, 26/02/2002
Expediente16560
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaAdministrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2002-02-21
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

La sociedad mercantil EMPACANDO C.A. demandó al Ministerio de Agricultura y Cría por el incumplimiento en la entrega de productos alimenticios y solicitó indemnización por daños y perjuicios. La Sala Político Administrativa del TSJ, tras analizar las pruebas, determinó que la demandante cumplió con sus obligaciones contractuales y que la administración no solicitó oportunamente los productos. Se declaró parcialmente con lugar la demanda, ordenando el pago de daños y perjuicios y el reconocimiento de una deuda no cancelada por parte del ente demandado.

Extracto de la motiva

La médula de la controversia debe examinarse, en criterio de la Sala, con relación a tres vertientes definidas: I.- La obligación que según la actora, tiene el organismo ejecutor del PROGRAMA DE ALIMENTOS ESTRATÉGICOS (PROAL), de requerir la entrega de los productos objeto de las concertaciones de precio convenidas por las partes, por una parte; y correlativamente, la negativa de la demandada en cumplir con la emisión de la orden de despacho, sustentada en el hecho de que los productos que debía solicitar a través de esa orden, estaban mal empacados y no eran aptos para el consumo. II.- En caso de no acceder la demandada a emitir la orden de despacho conforme a los convenios celebrados, resulta procedente, según la accionante, el resarcimiento de daños y perjuicios ocasionados por dicha omisión, pues los productos fueron adquiridos y pagados para dar cumplimiento a los convenios de concertación de precios, lo cual ocasiona un inventario de productos ociosos para el mercado que se deterioran por su naturaleza, debiendo soportar la demandante sin culpa, la pérdida de la inversión realizada para la compra y empaque de los productos que le fueron adjudicados, así como de las utilidades pactadas; y también correlativamente, la negación de la procedencia del pago de daños y perjuicios que formula la Procuraduría General de la República, con base en el mismo fundamento señalado en el punto anterior; y III.- el pago de la deuda por productos efectivamente entregados.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por la sociedad mercantil EMPACANDO C.A. por cobro de bolívares e indemnización de daños y perjuicios, contra la República Bolivariana de Venezuela, por órgano DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y CRÍA, ahora MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN Y EL COMERCIO, y en consecuencia, ordena al citado despacho ejecutivo cancelar a la demandante las siguientes cantidades: 1.- La suma de CUATROCIENTOS SESENTA DOS MILLONES NOVECIENTOS NUEVE MIL QUINIENTOS VEINTIDOS BOLÍVARES CON CERO/00 (Bs. 462.909.522,00), por concepto de daños y perjuicios, conforme a lo determinado en el Capítulo IV de la presente decisión; y 2.- La suma de VEINTIDÓS MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS BOLÍVARES CON CERO/1OO (Bs. 22.579.200,00), por concepto de deuda no cancelada, de acuerdo a lo expuesto en el mismo Capítulo IV de esta decisión.

Palabras clave

cobro de bolívaresindemnizacióndaños y perjuicioscontratos de abastecimientoPROALMinisterio de Agriculturaobligaciones contractuales

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