La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la competencia para conocer de la demanda de nulidad interpuesta por la sociedad mercantil Servicios Euroven, C.A. contra la Resolución Nro. DG-2014-A-0146, que aplicó una sanción de suspensión del Registro Nacional de Contratistas por tres años. La Sala declaró su competencia para resolver el conflicto negativo de competencia planteado entre tribunales inferiores.
Extracto de la motiva
Así, aun cuando el Servicio Nacional de Contrataciones posee dentro de la organización administrativa las características de un servicio autónomo sin personalidad jurídica, las competencias que le han sido atribuidas por la ley especial poseen una gran relevancia en la actividad administrativa por constituir el órgano al cual le ha sido encomendada la supervisión, vigilancia y control de los procesos para la selección de las empresas contratables por las personas de derecho público señaladas en dicha ley, fungiendo incluso como órgano auxiliar de la Contraloría General de la República. Lo anterior permite afirmar, que las actividades desplegadas por el analizado servicio autónomo poseen tal trascendencia dentro de la actuación del Estado, que se justifica que el control de la constitucionalidad y legalidad de sus actos sea ejercido por esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, como máxima instancia de la jurisdicción contencioso administrativa en la República Bolivariana de Venezuela. En consecuencia, este órgano jurisdiccional declara su competencia para conocer del presente recurso de nulidad. Así se decide (…)
Dispositiva
1.- SU COMPETENCIA para resolver la regulación oficiosa de competencia planteada. 2.- Que es COMPETENTE para conocer y decidir la demanda de nulidad con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos interpuesta por los apoderados judiciales de la sociedad mercantil SERVICIOS EUROVEN, C.A., contra la Resolución Nro. DG-2014-A-0146 del día 4 de noviembre de 2014.
Palabras clave
nulidadcompetenciasanciónRegistro Nacional de Contratistas