Sentencia N° 329 — Sala Político Administrativa del TSJ, 10 de marzo de 2009

TSJ/SPA, Sent. N° 00329, Exp. 2008-0448, 11/03/2009
Expediente2008-0448
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoApelacion
Fecha de la decisión2009-03-10
DecisiónSin Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en su Sala Político-Administrativa, resolvió el recurso de apelación interpuesto por CSR Computación, C.A. contra la sentencia del Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario, que declaró sin lugar la oposición a la medida de embargo sobre bienes de la empresa. La Sala confirmó la decisión del tribunal inferior, argumentando que la apelante no cumplió con las exigencias legales para la oposición a la ejecución de créditos fiscales. Además, se desestimó el alegato de cosa juzgada presentado por el Fisco Nacional, dado que la subsanación de la representación legal de la empresa fue efectuada adecuadamente.

Extracto de la motiva

El Tribunal observa que el embargo decretado en juicio ejecutivo por el Tribunal constituye un procedimiento autónomo comprendido en el capítulo II del Juicio Ejecutivo, artículo 289 y siguientes del Código Orgánico Tributario. Del artículo 289 se desprende que los actos administrativos contentivos de obligaciones líquidas y exigibles a favor del fisco así como las intimaciones efectuadas conforme al parágrafo único del artículo 213 del Código Orgánico Tributario constituirán título ejecutivo y su cobro judicial aparejará embargo de bienes. Así mismo, el artículo 291 establece que en la misma demanda el representante del Fisco solicitará, y el Tribunal así lo acordará, el embargo ejecutivo de bienes propiedad del deudor. En consecuencia, se concluye que la situación fáctica invocada como fundamento de la oposición no es una causa válida para la formulación de la misma, por lo que se considera improcedente la oposición a la ejecución de los créditos fiscales en el presente juicio formulada por la apoderada de la contribuyente accionada.

Dispositiva

Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la apoderada judicial de la empresa CSR Computación, C.A., contra la sentencia N° PJ008200800009 del 16 de enero de 2008, dictada por el Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, se CONFIRMA el fallo apelado. Se CONDENA EN COSTAS a la sociedad mercantil CSR COMPUTACIÓN, C.A., en un monto equivalente al uno por ciento (1%) de la cuantía de la demanda de ejecución de créditos fiscales.

Palabras clave

embargoejecucióncréditos fiscalesapelaciónCSR Computación

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca