Sentencia N° 328 — Sala Político Administrativa del TSJ, 10 de marzo de 2009

TSJ/SPA, Sent. N° 00328, Exp. 2007-0245, 11/03/2009
Expediente2007-0245
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2009-03-10
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en su Sala Político-Administrativa, declaró inadmisible la apelación interpuesta por la representación del Fisco Nacional contra la sentencia del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario que había declarado con lugar el recurso contencioso tributario de la sociedad mercantil JOHN´S IMPORT, C.A. La decisión se fundamentó en que la cuantía de la causa no alcanzaba el mínimo requerido para la procedencia del recurso de apelación, conforme a lo establecido en el Código Orgánico Tributario.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre la apelación ejercida por la representación judicial del Fisco Nacional, y al respecto se destaca lo siguiente: La presente causa se circunscribe a determinar la tempestividad o no del recurso contencioso tributario y si el tribunal de instancia incurrió en incongruencia negativa por la presunta falta de pronunciamiento del alegato de inadmisibilidad del recurso contencioso tributario invocado por la representación fiscal, así como también si incurrió en el vicio de falso supuesto de hecho.

Dispositiva

En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1. INADMISIBLE la apelación ejercida por la representación en juicio del FISCO NACIONAL, contra la sentencia N° 0315 dictada el 26 de octubre de 2006 por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, mediante la cual se declaró con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad mercantil JOHN´S IMPORT, C.A. 2. Se REVOCA el auto de fecha 13 de febrero de 2007, dictado por el mencionado tribunal, a través del cual oyó en ambos efectos el recurso de apelación ejercido por la representación judicial del Fisco Nacional. 3. NO PROCEDE la consulta respecto de la sentencia apelada. 4. FIRME el fallo N° 0315, dictado el 26 de octubre de 2006 por el antes referido tribunal.

Palabras clave

comisoapelaciónmercancíasFisco NacionalTribunal Supremo de Justicia

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