Sentencia N° 325 — Sala Político Administrativa del TSJ, 14 de marzo de 2018

TSJ/SPA, Sent. N° 00325, Exp. 2009-0959, 15/03/2018
Expediente2009-0959
PonenteBÁRBARA GABRIELA CÉSAR SIERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2018-03-14
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar la demanda por indemnización de daño moral interpuesta por los ciudadanos Virgilio César Torrealba López y Virgilio Augusto Torrealba Francisquez contra el Municipio Baruta del Estado Bolivariano de Miranda. La demanda se fundamentó en el desbordamiento de la Quebrada La Guairita, que resultó en la muerte de Corina Mercedes Torrealba, alegando negligencia de las autoridades municipales en el mantenimiento de la quebrada. La Sala determinó que el daño no era imputable a la Administración, ya que el desbordamiento fue causado por un evento de fuerza mayor, específicamente por un alto nivel de precipitaciones que no pudo ser previsto ni evitado por las autoridades. Por lo tanto, se concluyó que el Municipio Baruta no tenía responsabilidad en el hecho. Finalmente, se ordenó la notificación a las partes involucradas y se archivó el expediente, considerando que no había lugar a la indemnización solicitada.

Extracto de la motiva

Por esta razón, en el presente caso, estima este Órgano Jurisdiccional que están dados todos los supuestos para considerar que el mencionado evento generador del daño sufrido por la parte actora, se debió a un hecho fortuito o fuerza mayor, el cual no pudo ser previsto por las autoridades del Municipio Baruta del Estado Bolivariano de Miranda. Visto así, el daño cuyo resarcimiento se pretende no es imputable a la Administración Municipal, resultando inoficioso pronunciarse respecto del otro requisito -la causalidad entre el hecho imputado y el daño producido- toda vez que éstos son concurrentes.

Dispositiva

1. Que el DISTRITO METROPOLITANO DE CARACAS y el MUNICIPIO EL HATILLO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA NO TIENEN CUALIDAD PASIVA para sostener la demanda por indemnización de daño moral interpuesta por el abogado Moisés Guidon Gallego, antes identificado, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos VIRGILIO CÉSAR TORREALBA LÓPEZ y VIRGILIO AUGUSTO TORREALBA FRANCISQUEZ, antes identificados, como “Único y Universal Heredero y hermano respectivamente de CORINA MERCEDES TORREALBA FRANCISQUEZ”. 2. SIN LUGAR la demanda por indemnización de daño moral interpuesta por el abogado Moisés Guidon Gallego, antes identificado, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos VIRGILIO CÉSAR TORREALBA LÓPEZ y VIRGILIO AUGUSTO TORREALBA FRANCISQUEZ, antes identificados, como “Único y Universal Heredero y hermano respectivamente de CORINA MERCEDES TORREALBA FRANCISQUEZ” contra el MUNICIPIO BARUTA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.

Palabras clave

indemnizacióndaño moralQuebrada La Guairitanegligenciafuerza mayor

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