Sentencia N° 325 — Sala Político Administrativa del TSJ, 15 de marzo de 2011

TSJ/SPA, Sent. N° 00325, Exp. 2010-0396, 16/03/2011
Expediente2010-0396
PonenteEVELYN MARRERO ORTÍZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2011-03-15
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de apelación interpuesto por el Fisco Nacional contra la sentencia del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario que había declarado parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario de la sociedad Premier de Venezuela, C.A. La controversia se centró en la aplicación del delito continuado en materia tributaria y la imposición de sanciones por incumplimiento de deberes formales en la emisión de facturas. La Sala revocó la decisión apelada en cuanto a la aplicación del artículo 99 del Código Penal, declarando que las sanciones debían ser calculadas como una sola infracción.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse en esta oportunidad sobre el recurso de apelación incoado por la representación judicial del Fisco Nacional, contra la sentencia definitiva Nro. 0743 dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central en fecha 21 de enero de 2010, que declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos de los actos administrativos impugnados por la sociedad mercantil Premier de Venezuela, C.A. el 17 de diciembre de 2008. De esta forma, en virtud de la declaratoria contenida en la sentencia apelada, así como de las objeciones formuladas en su contra por la apoderada judicial del Fisco Nacional, se observa que la controversia planteada en el caso en estudio se circunscribe a verificar la juridicidad de la sentencia, en cuyo contexto se revisará si el Tribunal a quo al dictar el fallo apelado incurrió en el vicio de falso supuesto de hecho y derecho por errónea aplicación e interpretación de la ley.

Dispositiva

1.- CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representante judicial del FISCO NACIONAL en fecha 15 de abril de 2010, contra la sentencia definitiva Nro. 0743 dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central en fecha 21 de enero de 2010, la cual se REVOCA, en lo referente a la procedencia de la aplicación del artículo 99 del Código Penal. 2.- Queda FIRME la mencionada sentencia en cuanto a los siguientes puntos no apelados y no desfavorables a los intereses del Fisco Nacional: i) la desestimación del pronunciamiento proferido por el Juez de la causa respecto a la caducidad de la Resolución de Imposición de Sanción distinguida con letras y números GRTI-RCE-DFD-2007-07-DF-PEC-345 de fecha 26 de marzo de 2007; y ii) las sanciones relativas al libro de ventas y al libro especial de ajustes por inflación. 3.- SIN LUGAR el recurso contencioso tributario incoado conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos de los actos administrativos impugnados por la sociedad de comercio PREMIER DE VENEZUELA, C.A.; contra la Resolución de Imposición de Sanción distinguida con letras y números GRTI-RCE-DFD-2007-07-DF-PEC-345 de fecha 26 de marzo de 2007 y las Planillas de Liquidación Nros. 81090003199, 81090003201, 81090003202, 81090003203 y 81090003204 del 21 de octubre de 2008, mediante las cuales se aplicó a cargo de la contribuyente sanciones de multa por el monto total de Seiscientos Diecisiete coma cincuenta Unidades Tributarias (617,50 U.T.), equivalentes a la cantidad expresada en moneda actual de Veintiocho Mil Cuatrocientos Cinco Bolívares (Bs. 28.405,00), por incumplimiento de los deberes formales en materia de impuesto al valor agregado, para los períodos impositivos comprendidos desde el mes de agosto hasta diciembre de 2006 y enero de 2007, las cuales quedan FIRMES. Se EXIME DE COSTAS PROCESALES a la sociedad de comercio contribuyente conforme a los términos expuestos en el presente fallo.

Palabras clave

recurso contencioso tributariosanciones tributariasdelito continuado

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