La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en relación a la solicitud de expropiación de un terreno propiedad del ciudadano José Kasza, presentada por la abogada Eloisa Ayestarán Pagola en 1974. La sentencia ordena al Ministerio del Poder Popular para el Transporte y Obras Públicas y a la Procuraduría General de la República que informen sobre el cumplimiento del pago del justiprecio del inmueble objeto de expropiación, otorgando un plazo de 30 días para su respuesta. Además, se establece que la falta de cumplimiento podría acarrear sanciones.
Extracto de la motiva
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Observa la Sala de la revisión de las actas que conforman el expediente lo siguiente: i) Que fecha 25 de julio de 1974, por la abogada Eloisa Ayestarán Pagola, actuando con el carácter de Abogada Adjunta al Director de Personería de la Nación de la Procuraduría General de la República, solicitó ante la Sala Político-Administrativa de la entonces Corte Suprema de Justicia, la expropiación de un lote de terreno presuntamente propiedad del ciudadano José Kasza R, con una superficie de quinientos metros cuadrados (500 m²), ubicado en la entonces jurisdicción del Municipio Petare, Distrito Sucre del Estado Miranda, (hoy Municipio Sucre del Distrito Capital), dentro de la zona especialmente afectada para la ejecución de la obra “construcción de la Autopista Petare-Guarenas” por parte del Ministerio de Obras Públicas, hoy Ministerio del Poder
Dispositiva
ORDENA al Ministerio del Poder Popular para el Transporte y Obras Públicas y a la Procuraduría General de la República, que informen si llegaron a realizar algún pago o alcanzar un acuerdo con los interesados para la cancelación del justiprecio del inmueble objeto de expropiación, para ello se les otorga un lapso de treinta (30) días continuos contados a partir que consten en autos la práctica de su notificación.