La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia, declara procedente el amparo cautelar solicitado por el juez Juan Carlos Celi Anderson, quien impugnó su suspensión sin goce de sueldo dispuesta por la Comisión Judicial. La Sala argumenta que la medida de suspensión contraviene los derechos constitucionales del accionante, especialmente su derecho a la estabilidad laboral y a la protección de la familia, dado que el juez gozaba de fuero paternal al momento de la decisión. Se ordena restablecer el pago de su salario y beneficios mientras dure el juicio principal de nulidad.
Extracto de la motiva
La Sala considera que el acto impugnado emitido por la Comisión Judicial en fecha 3 de agosto de 2010, desconoció la inamovilidad laboral por fuero paternal de la cual se presume, en esta fase cautelar, gozaba el Juez accionante y que por consiguiente, debió ser respetada por el mencionado órgano a los fines de preservar con carácter primordial el tantas veces aludido derecho de protección integral de la familia (artículos 75 y 76 de la Constitución). Por lo expuesto, considera la Sala que en el presente caso, derivado del impedimento en el que permanece el Juez accionante para desempeñar sus funciones como Juez Titular y desarrollar otra actividad lucrativa mediante el ejercicio profesional, surge la presunción grave en esta etapa cautelar, de que se ha lesionado el derecho de protección integral de la familia (paternidad) y también la progresividad del derecho al trabajo del recurrente, la cual se debe amparar como corresponde en un modelo de Estado democrático y social de Derecho y de Justicia.
Dispositiva
1.- PROCEDENTE la medida cautelar de amparo constitucional solicitada conjuntamente con el recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido por el abogado JUAN CARLOS CELI ANDERSON, contra el acto administrativo contenido en el oficio N° CJ-10-1589 del 3 de agosto de 2010, emanado de la COMISIÓN JUDICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, mediante el cual resolvió suspender sin goce de sueldo al recurrente como Juez Titular del Juzgado Superior Noveno del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. 2.- ORDENA a la COMISIÓN JUDICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA que gire las instrucciones pertinentes a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, a los fines de que se restablezca el pago salarial y demás beneficios procedentes de los que gozaba el accionante en su cargo de Juez Titular del mencionado Tribunal, mientras dure el juicio principal de nulidad. 3.- ORDENA oficiar al TRIBUNAL DISCIPLINARIO JUDICIAL a los fines de notificarle acerca de la medida acordada y solicitarle que dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a partir de su notificación, remita a esta Sala el expediente administrativo relativo a la causa iniciada en contra del Juez recurrente.
Palabras clave
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