Sentencia N° 321 — Sala Político Administrativa del TSJ, 18 de julio de 2023

TSJ/SPA, Sent. N° 00321, Exp. 2015-0933, 28/05/2024
Expediente2015-0933
PonenteEMILIO RAMOS GONZÁLEZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2023-07-18
DecisiónCon Lugar

Resumen

La sentencia número 00650, dictada el 18 de julio de 2023, aborda una demanda por cumplimiento de contrato de compra venta e indemnización de daños interpuesta por la sociedad Servicios Inmobiliarios, S.A. contra Proyectos Santa Teresa Plaza, C.A. La Sala Político-Administrativa declaró parcialmente con lugar la demanda, ordenando el pago de una suma específica y la corrección monetaria correspondiente, así como el cálculo de intereses moratorios desde la fecha de admisión de la demanda hasta la publicación de la decisión. Se destaca que la Sala ordenó notificar a las partes involucradas para que manifestaran lo que consideraran pertinente respecto a la experticia complementaria del fallo anterior, que estimó los intereses y la corrección monetaria. La decisión también menciona la imposibilidad de notificar a la demandada en su sede actual, lo que llevó a la Sala a acordar la notificación mediante cartel. Finalmente, se establece un plazo de diez días para que las partes presenten sus opiniones sobre la experticia, advirtiendo que, de no recibir respuesta, la Sala procederá a dictar el pronunciamiento correspondiente con los elementos disponibles en el expediente.

Extracto de la motiva

Finalmente resulta menester para esta Máxima Instancia, precisar que la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia en aras de garantizar la consecución de los postulados consagrados en los artículos 2, 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, reconoció la preponderancia de la ciencia, la tecnología y los servicios de información como elementos de interés público, destacando el deber del Poder Público y concretamente de los órganos jurisdiccionales, de valerse de los avances tecnológicos para su optimización, procediendo en consecuencia a dictar la Resolución número 2021-0011 de fecha 9 de junio de 2021, contentiva de las normas generales que regularán la suscripción y publicación de decisiones con firma digital, práctica de citaciones y notificaciones electrónicas y la emisión de copias simples o certificadas por vía electrónica relacionadas con los procesos seguidos ante esta Sala Político-Administrativa. Ello así y, visto que los artículos 38 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y 3 de la Resolución en comento, establecen la posibilidad de practicar las citaciones y notificaciones por correo electrónico o cualquier otro medio que utilice tecnologías de la información y la comunicación, este Máximo Tribunal con miras a procurar la mejora continua del servicio de administración de justicia, ordena efectuar un análisis de las actas que conforman el expediente de la causa, a los efectos de determinar si las partes cuentan o no con los medios telemáticos suficientes para hacer efectiva dicha actuación procesal y, de ser el caso, proceder a practicar las notificaciones a las que haya lugar por medios electrónicos; en el entendido de que la falta de indicación en autos de algunos de los elementos digitales previamente señalados, dará lugar a que se practique la notificación de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 5 de la aludida Resolución y en las leyes. Así se dispone.

Dispositiva

Se ordena NOTIFICAR tanto a la sociedad mercantil SERVICIOS INMOBILIARIOS, S.A., filial de Petróleos de Venezuela, S.A. (PDVSA), como a la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, con la finalidad que manifiesten lo que consideren pertinente, con relación a la experticia complementaria consignada por la Consultoría Jurídica del Banco Central de Venezuela (BCV); para ello otorga un lapso de diez (10) días de despacho, a partir de que conste en auto la última de las notificaciones, con la advertencia de que de no recibirse la opinión requerida, en el plazo otorgado, la Sala pasará a dictar el pronunciamiento correspondiente, con los elementos cursantes en autos.

Palabras clave

notificacionestecnologíajusticiaintereses moratoriosexperticiaconstituciónadministración pública

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