El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, decidió sobre el recurso contencioso tributario interpuesto por Empresas Jariro, C.A. contra la Resolución de Imposición de Sanción del SENIAT. Se declaró con lugar el recurso, anulando la resolución impugnada y ordenando la emisión de nuevas planillas de liquidación y multas, aplicando las reglas de concurrencia de infracciones. La sentencia confirma la decisión del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario que había declarado con lugar el recurso contencioso tributario en primera instancia.
Extracto de la motiva
Del artículo 82 se desprende claramente que cuando concurran dos (02) o más ilícitos tributarios sancionados con penas pecuniarias se aplicará la sanción más grave, aumentada con la mitad de las demás sanciones, si las sanciones son iguales, es decir, que tengan el mismo monto, se aplicará cualquiera de ellas aumentada con la mitad de las demás, y hace la acotación en su parágrafo único que se aplicará aun cuando se trate de tributos distintos o de diferentes períodos, siempre que las mismas sean producto de un mismo procedimiento, norma por mas decir clara, que no contiene ambigüedad y que ha sido reiterada consecutivamente por la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, es en razón a ello que es procedente aplicar la concurrencia de ilícitos tributarios a todas las sanciones, no por grupos como lo hace la administración, resultando las sanciones conforme al presente cuadro:
Dispositiva
1.- CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto, por la sociedad mercantil denominada EMPRESAS JARIRO, C.A. 2.- SE ANULA la Resolución de Imposición de Sanción N° SNAT/INTI/GRTI/RLA/SM/AF/2021/IVA/00279/335, de fecha 7 de octubre de 2021. 3.- SE ORDENA EMITIR NUEVAS PLANILLAS DE LIQUIDACIÓN Y MULTAS. 4.- No PROCEDE la condenatoria en costas procesales a la República.
Palabras clave
Contencioso TributarioSanciónIVAConcurrencia de infracciones