Sentencia N° 320 — Sala Político Administrativa del TSJ, 5 de abril de 2017

TSJ/SPA, Sent. N° 00320, Exp. 2016-0436, 06/04/2017
Expediente2016-0436
PonenteEULALIA COROMOTO GUERRERO RIVERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2017-04-05
DecisiónCon Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, decidió sobre el recurso contencioso tributario interpuesto por Tienda Casablanca Las Mercedes, C.A. contra la Resolución del SENIAT que impuso obligaciones tributarias. La Sala declaró con lugar el recurso, considerando que la obligación tributaria estaba prescrita, dado que habían transcurrido más de cuatro años desde la notificación de la resolución que imponía la obligación. Se confirma el fallo del Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario que había declarado con lugar el recurso contencioso tributario.

Extracto de la motiva

La recurrente alega la prescripción de la obligación tributaria con fundamento en lo previsto en el artículo 55 del Código Orgánico Tributario, por haber transcurrido más de cuatro (4) años para que la Administración pudiera fiscalizar, determinar e imponer las sanciones tributarias correspondientes a los períodos de enero 2003 a diciembre 2003, y de enero 2004 a diciembre 2004, todos inclusive. Mediante Resolución Culminatoria del Sumario SNAT /INTI/ GRTICERC/DSA/2008-149, de fecha 28 de noviembre de 2008 y notificada en fecha 13 de marzo de 2009, la recurrente interpuso Recurso Jerárquico en fecha 27 de marzo de 2009. La Administración Tributaria tenía la obligación de admitir el Recurso Jerárquico 03 días hábiles después de su recepción, conforme al artículo 249 del Código Orgánico Tributario, esto es, a más tardar el 24 de abril de 2009. Al omitir esta formalidad, se paraliza el procedimiento administrativo y reinicia el cómputo de la prescripción, hasta que la Administración Tributaria lo admita; admisión que surtió efectos, en el presente caso, el 30 de septiembre de 2009, al darse por notificada la sociedad recurrente.

Dispositiva

1.- DESISTIDO TÁCITAMENTE el recurso de apelación ejercido en fecha 16 de febrero de 2016 por la representación judicial del FISCO NACIONAL, contra la sentencia definitiva Núm. 002-2016 de fecha 4 de febrero de 2016, dictada por el Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró con lugar el recurso contencioso tributario incoado por la sociedad de comercio TIENDA CASABLANCA LAS MERCEDES, C.A. 2.- QUE PROCEDE LA CONSULTA de la decisión de mérito la cual se CONFIRMA. 3.- CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la representación judicial de la contribuyente, contra la Resolución Núm. SNAT/GGSJ/GR/DRAATT/2013/0667, de fecha 29 de octubre de 2013 y notificada el 7 de noviembre de 2013, dictada por la GERENCIA GENERAL DE SERVICIOS JURÍDICOS DEL SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT) que confirmó la Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo Núm. SNAT/INTI/GRTICERC/DSA2008-149, de fecha 28 de noviembre de 2008, las cuales se ANULAN. NO PROCEDE la condenatoria en costas procesales al Fisco Nacional conforme a lo señalado en esta sentencia.

Palabras clave

prescripciónobligación tributariarecurso contencioso tributario

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