La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia N° 00032, declara parcialmente con lugar la apelación interpuesta por Transporte Intermundial S.A. contra la sentencia N° 0279 del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario. Se anulan ciertos reparos formulados por la Administración Tributaria, mientras que se confirman otros relacionados con costos improcedentes y rebajas por inversión. La Sala destaca el vicio de silencio de pruebas en la decisión apelada, lo que llevó a la anulación de la misma en parte.
Extracto de la motiva
La Sala considera que el Tribunal de instancia incurrió en el vicio de silencio de pruebas al no valorar adecuadamente los elementos probatorios presentados por la contribuyente. Se establece que la Administración Tributaria no puede basar sus reparos únicamente en diferencias contables sin considerar la documentación que respalda las afirmaciones de la contribuyente. En consecuencia, se anulan los reparos relacionados con ingresos no declarados y se confirma la legalidad de otros reparos que se fundamentan en la falta de cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de la contribuyente.
Dispositiva
1) PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por el apoderado judicial sociedad mercantil TRANSPORTE INTERMUNDIAL, S.A., contra la sentencia N° 0279 de fecha 20 de julio de 2006 dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central; en consecuencia, se ANULA el fallo apelado, al haberse configurado el vicio de silencio de pruebas. 2) PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario; en consecuencia, queda FIRME el acto administrativo contenido en las Resoluciones Culminatorias del Sumario Administrativo signadas con las letras y números RCE/DSA/540/02/00163 y RCE/DSA/540/02/00164 del 09 de octubre de 2002, emanadas de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Central del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
Palabras clave
Contencioso TributarioSENIATTransporte IntermundialImpuesto sobre la Renta