Sentencia N° 316 — Sala Político Administrativa del TSJ, 5 de abril de 2017

TSJ/SPA, Sent. N° 00316, Exp. 2014-0976, 06/04/2017
Expediente2014-0976
PonenteEULALIA COROMOTO GUERRERO RIVERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2017-04-05
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara con lugar el recurso de apelación del Fisco Nacional contra la sentencia del Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario que había declarado nula la Resolución de Imposición de Sanción Núm. 1067. Se revoca la sentencia apelada y se confirma la multa impuesta a la contribuyente, salvo en lo relativo al cálculo de las sanciones, que se anula. La Sala establece que las infracciones tributarias son autónomas y deben ser sancionadas por cada período fiscal, desestimando la figura del delito continuado en este contexto.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la contribuyente emitió facturas y/o documentos que no cumplen con los requisitos legales y reglamentarios, pues omitió la especificación “contribuyente formal” contraviniendo lo dispuesto en el literal b del artículo 3 de la Providencia Administrativa Núm. SNAT/2003/1677 del 14 de marzo de 2003, y tal incumplimiento constituye un ilícito formal sancionado con multa de una unidad tributaria (1 U.T.) por cada factura, comprobante o documento dejado de emitir, hasta un máximo de ciento cincuenta unidades tributarias (150 U.T.) por cada período, según lo dispuesto en el artículo 101 numeral 3 aparte 2 del Código Orgánico Tributario de 2001, aplicable ratione temporis.

Dispositiva

1.- CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación en juicio del FISCO NACIONAL contra la sentencia definitiva Núm. 1.626 dictada en fecha 25 de mayo de 2014 por el Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual se REVOCA. 2.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario incoado por la sociedad de comercio CONSTRUCTORA CONSTECH 38, C.A., contra la Resolución de Imposición de Sanción Núm. 1067 del 6 de marzo de 2008, dictada por la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), la cual queda FIRME salvo en lo relativo al cálculo de las sanciones de multa impuestas, el cual se ANULA.

Palabras clave

Contencioso TributarioSanciónImpuesto al Valor Agregado

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