La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la jurisdicción del Poder Judicial en una demanda por incumplimiento de contrato de trabajo interpuesta por el Sindicato Único de Trabajadores de Bares, Restaurantes y Similares del Estado Monagas contra la empresa HOTEL ROYAL SUITE. El tribunal de origen había declarado la falta de jurisdicción, argumentando que el caso debía ser conocido por la Inspectoría del Trabajo. Sin embargo, la Sala determinó que el Poder Judicial sí tiene competencia para conocer la demanda, revocando así la decisión anterior.
Extracto de la motiva
De conformidad con lo establecido en el artículo 23 numeral 20 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, el artículo 26 numeral 20 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y los artículos 59 y 62 del Código de Procedimiento Civil, corresponde a esta Sala conocer las consultas de jurisdicción. Establecido lo anterior, observa la Sala que por sentencia dictada en el 31 de octubre de 2014 (folios 25 al 27 del expediente), el Tribunal remitente declaró la falta de jurisdicción del Poder Judicial frente a la Administración Pública por órgano de la Inspectoría del Trabajo respectiva, para conocer el incumplimiento de las convenciones colectivas de trabajo. Así, del estudio de la reforma del libelo y los anexos consignados, se evidencia que lo pretendido por el sindicato demandante es el pago por parte de la demandada, de la cantidad de treinta y nueve mil seiscientos sesenta bolívares con treinta y un céntimos (Bs. 39.660,31), en virtud del incumplimiento de las citadas cláusulas 9 y 10 de la Convención Colectiva.
Dispositiva
Con fundamento en los razonamientos expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: que el PODER JUDICIAL TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la demanda interpuesta por el SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE BARES, RESTAURANTES Y SIMILARES DEL ESTADO MONAGAS contra la empresa “HOTEL ROYAL SUITE”. En consecuencia, se REVOCA la decisión dictada en fecha 31 de octubre de 2014, por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas.
Palabras clave
jurisdiccióndemanda laboralincumplimiento de contrato