Sentencia N° 316 — Sala Político Administrativa del TSJ, 17 de abril de 2012

TSJ/SPA, Sent. N° 00316, Exp. 2011-0558, 18/04/2012
Expediente2011-0558
PonenteEVELYN MARRERO ORTÍZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2012-04-17
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara con lugar el recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil VÍVERES Y LICORES LA SALLE, C.A. contra la sentencia Nro. 094/2010 del Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario, que había declarado sin lugar el recurso contencioso tributario y la acción de amparo. Se anulan varios actos administrativos de la Superintendencia Municipal de Administración Tributaria (SUMAT) por vicios de nulidad, incluyendo providencias e informes que no cumplieron con los requisitos legales necesarios. Además, se ordena la devolución de las mercancías objeto de comiso a la recurrente y se condena en costas al Fisco Municipal.

Extracto de la motiva

La Sala observa que las Providencias Administrativas identificadas con los Nros. 2010-00048, 2010-00250, 2010-00057 y 2010-00361, que autorizaron a los funcionarios municipales a cumplir funciones de fiscalización y de verificación del cumplimiento de disposiciones tributarias, están firmadas por el Superintendente Municipal de Administración Tributaria del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital. Sin embargo, se incumplió con el requisito formal de indicar con grafismos propios del formato de esos actos una serie de datos e información esencial que dan certeza y seguridad jurídica a la actuación administrativa conforme lo prevén los artículos 172 (Parágrafo Único) y 178 del Código Orgánico Tributario de 2001, así como el Parágrafo Único del artículo 58 de la “Ordenanza de Impuesto sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicios o de Índole Similar” del citado Municipio de 2009. Este defecto, al no haber sido subsanado, inficiona de nulidad las Providencias Administrativas mencionadas.

Dispositiva

1.- CON LUGAR la apelación formulada por la representación judicial de la sociedad mercantil VÍVERES Y LICORES LA SALLE, C.A., contra la sentencia Nro. 094/2010 dictada por el Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 17 de diciembre de 2010, que declaró sin lugar el recurso contencioso tributario ejercido conjuntamente con acción de amparo constitucional y subsidiariamente solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos, por el ciudadano Oscar José Sojo Peña, en su carácter de presidente de la citada sociedad de comercio, la cual se ANULA. 2.- CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto conjuntamente con acción de amparo constitucional y subsidiariamente solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos, contra los siguientes actos administrativos emanados de la Superintendencia Municipal de Administración Tributaria (SUMAT) del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital: (1) Providencia Administrativa Nro. 2010-00048 del 4 de marzo de 2010, (2) Informe Nro. 2010-00048 del 4 de marzo de 2010, (3) Providencia Administrativa Nro. 2010-00250 del 4 de marzo de 2010, (4) Informe Nro. 2010-00250 del 4 de marzo de 2010, (5) Acta de Requerimiento del 04 de marzo de 2010, (6) Providencia Administrativa Nro. 2010-00057 del 26 de marzo de 2010, (7) Informe Nro. 2010-00057 del 26 de marzo de 2010, (8) Acta de Requerimiento del 26 de marzo de 2010, (9) Resolución Nro.0087-2010 del 26 de marzo de 2010, (10) Acta de Notificación del 26 de marzo de 2010, (11) Providencia Administrativa Nro. 2010-00361 del 26 de marzo de 2010, (12) Informe Nro. 2010-00361 del 26 de marzo de 2010, (13) Acta de Requerimiento 26 de marzo de 2010, (14) Resolución Nro. 0102-2010 del 26 de marzo de 2010, (15) Acta de notificación del 26 de marzo de 2010, y (16) Inventario de Mercancía Objeto de Comiso del 27 de marzo de 2010, los cuales se ANULAN. 3.- ORDENA a la Superintendencia Municipal de Administración Tributaria (SUMAT) del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, la devolución a la empresa Víveres y Licores La Salle, C.A., de las mercancías discriminadas en el “Inventario de Mercancía Objeto de Comiso”. 4.- Se CONDENA EN COSTAS al Fisco Municipal en un monto equivalente al cinco por ciento (5%) de la cuantía del recurso contencioso tributario ejercido conjuntamente con acción de amparo constitucional y subsidiariamente solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra los actos recurridos, de acuerdo a lo previsto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente según lo indicado en el artículo 332 del Código Orgánico Tributario de 2001.

Palabras clave

Contencioso TributarioAmparo ConstitucionalSuperintendencia Municipal de Administración TributariaNulidad de Actos Administrativos

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