La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia conoció del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil Blue Cross and Blue Shield Association contra la Resolución Nº 108 del 31 de marzo de 1998, que declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por la empresa. La Sala determinó que la Administración incurrió en una errónea interpretación de la Ley de Propiedad Industrial al negar el registro de la marca solicitada, considerando que el diseño no era confundible con el emblema de la Federación Médica Venezolana.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala conocer el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por las apoderadas judiciales de la sociedad mercantil Blue Cross and Blue Shield Association, contra la Resolución Nº 108 de fecha 31 de marzo de 1998, publicada en el Boletín de la Propiedad Industrial Nº 423 de fecha 31 de julio de 1998, dictada por el Director General del Ministerio de Industria y Comercio, hoy Ministerio del Poder Popular para las Industrias Ligeras y Comercio. Mediante la referida decisión se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por la referida empresa, contra la Resolución Nº 003596 del 11 de agosto de 1995, por la que el Registrador de la Propiedad Industrial declaró sin lugar el recurso de reconsideración incoado contra la Resolución Nº 431 de fecha 15 de noviembre de 1993, emanada del mencionado Registrador, en la que se negó a la recurrente el registro de la marca comercial “DISEÑO DE FANTASÍA DE FORMA OVIDAL, para distinguir: ‘Impresos y publicaciones’, en la Clase 38 del Artículo 106 de la Ley de Propiedad Industrial”. Previo al pronunciamiento sobre el fondo del asunto, debe la Sala aclarar que el acto administrativo recurrido no se fundamenta en el parecido que supuestamente existe entre el diseño a registrar y el emblema de la Organización Mundial de la Salud, como erróneamente lo señala la empresa recurrente; por el contrario, la Administración sólo hizo referencia al signo de la Federación Médica Venezolana. Al ser así, el análisis que realice la Sala en el caso de autos versará únicamente sobre el emblema de la mencionada Federación.
Dispositiva
Declarar CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por las apoderadas judiciales de la sociedad mercantil BLUE CROSS AND BLUE SHIELD ASSOCIATION, contra la Resolución Nº 108 de fecha 31 de marzo de 1998, publicada en el Boletín de la Propiedad Industrial Nº 423 de fecha 31 de julio de 1998, dictada por el Director General del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO, hoy Ministerio del Poder Popular para las Industrias Ligeras y Comercio. Así se declara.
Palabras clave
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