La sentencia se refiere a una demanda por abstención interpuesta por el abogado Johnny Ray Páez Guanipa en representación de varias federaciones y asociaciones de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, contra el Presidente de la República por su negativa a cumplir con el Decreto Presidencial Nro. 3.601. La Sala Político-Administrativa del TSJ declara su competencia para conocer la demanda y aplica un despacho saneador, ordenando la notificación al demandante para que presente los documentos que acrediten los trámites realizados ante la Presidencia de la República. La decisión se fundamenta en la necesidad de garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva y se establece un plazo para la presentación de la documentación requerida.
Extracto de la motiva
Siendo así, es conveniente referir que en el presente caso estamos frente a una demanda por abstención contra la supuesta negativa del Presidente de la República de dar cumplimiento al Decreto Presidencial Nro. 3.601, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nro.41.472, Extraordinario, de fecha 31 de agosto de 2018, motivo por el cual esta Máxima Instancia considera que la misma debe ser sustanciada por el procedimiento breve en los términos descritos en la sentencia parcialmente transcrita. (Vid., entre otras, sentencia de esta Sala Nro. 00291 de fecha 6 de abril de 2017). Así se decide.
Dispositiva
1.- Se declara la COMPETENCIA para conocer la demanda por abstención interpuesta por el abogado JOHNNY RAY PÁEZ GUANIPA. 2.- Se APLICA el despacho saneador y se ORDENA la notificación del accionante para que consigne los documentos que acrediten los trámites realizados ante la Presidencia de la República.