La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de regulación de jurisdicción interpuesto por el abogado Víctor Daniel Blanca, en representación de José Juan Lara Pinedo, contra la decisión del Juzgado Primero de Primera Instancia que declaró improcedente la solicitud de regulación. La Sala confirmó la jurisdicción del Poder Judicial para conocer de la demanda de partición y liquidación de bienes presentada por Raquel Urbana Licones, y declaró sin lugar el recurso interpuesto por la parte demandada.
Extracto de la motiva
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Corresponde a esta Sala Político-Administrativa emitir un pronunciamiento con relación al recurso de regulación de jurisdicción planteado, de acuerdo a la competencia que le ha sido atribuida en el numeral 20 del artículo 23 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, los artículos 26, numeral 20 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y los artículos 59 y 66 del Código de Procedimiento Civil. Para decidir, se observa: Mediante sentencia de fecha 19 de marzo de 2019 (folios 289 al 292 del expediente), el Juzgado remitente declaró improcedente la solicitud de regulación de jurisdicción, por cuanto lo alegado por la parte demandada, en relación a la prejudicialidad no guarda relación con el procedimiento de partición de bienes, en consecuencia, afirmó la jurisdicción del Poder Judicial para conocer y decidir la causa.
Dispositiva
1.- SIN LUGAR el recurso de regulación de jurisdicción interpuesto por el abogado Víctor Daniel Blanca, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSÉ JUAN LARA PINEDO, contra la decisión del 19 de marzo de 2019, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia Accidental en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas. 2.- EL PODER JUDICIAL TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la demanda de partición y liquidación de bienes incoada por la ciudadana RAQUEL URBANA LICONES, contra el ciudadano JOSÉ JUAN LARA PINEDO. 3.- Se CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 19 de marzo de 2019 por el Juzgado Primero de Primera Instancia Accidental en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas. 4.- Se CONDENA en costas a la parte demandada conforme a lo previsto en el artículo 276 del Código de Procedimiento Civil. 5.- Se ORDENA remitir el expediente al Juzgado Primero de Primera Instancia Accidental en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, a los fines de que la causa de partición de bienes continúe su curso legal.
Palabras clave
jurisdicciónparticiónbienesprocedimiento civilsentenciajurisdicción contencioso administrativa