Sentencia N° 311 — Sala Político Administrativa del TSJ, 20 de abril de 2010

TSJ/SPA, Sent. N° 00311, Exp. 2009-1084, 21/04/2010
Expediente2009-1084
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2010-04-20
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de apelación interpuesto por LAN AIRLINES, S.A. contra la decisión de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo que declaró improcedente la medida cautelar de suspensión de efectos de la Resolución N° SPPLC/0020-2008. La Corte consideró que la solicitud de suspensión no cumplía con los requisitos de procedencia, ya que no se demostró el daño de difícil reparación ni la verosimilitud del buen derecho. Finalmente, se declaró sin lugar el recurso de apelación y se confirmó la sentencia de la Corte Primera.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo procedió a verificar en el fallo impugnado la existencia o no de los requisitos de procedencia de la medida de suspensión de efectos solicitada, concluyendo que el fumus boni iuris o verosimilitud del buen derecho no se configura prima facie en la presente causa, toda vez que en la situación controvertida planteada se encuentra involucrado otro grupo económico, las agencias de viajes y turismo, quienes también denuncian la afectación de su patrimonio en virtud de la reducción de las comisiones otorgadas por la venta de boletos aéreos, lo cual supone entrar a conocer la legitimidad de la recurrente para imponer una tarifa que modifica las condiciones de otro sector, entrando con ello en el análisis de fondo del caso, fundamento que escapa de la materia cautelar.

Dispositiva

Atendiendo a los razonamientos antes señalados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la sociedad mercantil LAN AIRLINES, S.A, con ocasión del recurso contencioso administrativo de nulidad conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos interpuesto contra la Resolución N° SPPLC/0020 del 03 de noviembre de 2008, dictada por la SUPERINTENDENCIA PARA LA PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE LA LIBRE COMPETENCIA (PROCOMPETENCIA). En consecuencia, se CONFIRMA en los términos expuestos la sentencia N° 2009-000218 dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo en fecha 05 de mayo de 2009.

Palabras clave

recurso contencioso administrativonulidadmedida cautelarsuspensión de efectosLAN AIRLINES

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