DecisiónExtinción de la acción por pérdida de interés
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia dictó la sentencia Nro. 00017 el 10 de febrero de 2022, en la que se ordenó la notificación de la sociedad mercantil Tejidos Tefer, C.A. para que manifestara su interés en la continuación de una demanda de nulidad interpuesta contra una resolución del extinto Ministerio de Fomento. A pesar de las gestiones realizadas, la parte actora no mostró interés en continuar el proceso durante más de 32 años.
Extracto de la motiva
El asunto sometido al conocimiento de esta Sala Político-Administrativa versa sobre el “demanda de nulidad por razones de ilegalidad” contra la Resolución Nro. 00016, dictada por el extinto Ministerio de Fomento, Director General del Ministerio de Fomento, por delegación del Ministro de ese Despacho, mediante la cual declaró “(…) se anuló el Registro de la Propiedad Industrial Nro. 45766, de fecha 4 de septiembre de 1987, correspondiente a la Patente de Invención denominada ‘Proceso de Fabricación de un Tejido de Madera’, la cual fue otorgada al ciudadano Fernando García Bel (…)”. Ahora bien, observa esta Máxima Instancia que desde el 28 de noviembre de 1990, fecha en la cual se libró oficio Nro. 556 dirigido al entonces Ministro de Fomento, a los fines que remitiera el expediente administrativo original relacionado con el presente juicio, siendo que, hasta la presente fecha, han transcurrido treinta y dos (32) años, sin que la parte actora haya realizado acto alguno de procedimiento que demostrase su interés en la culminación del proceso, lo que evidencia una absoluta inactividad procesal de su parte. En este sentido y a fin de resguardar el derecho a la tutela judicial efectiva, esta Sala mediante sentencia Nro. 00017, del 10 de febrero de 2022, ordenó notificar a la sociedad mercantil Tejidos Tefer C.A., y/o sus abogados (actora), antes identificada, para que éste manifestara su interés, de ser el caso, en que se decida el asunto bajo examen, otorgándosele a tal efecto un lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de la constancia en autos de su notificación. De igual forma, en el referido fallo se dejó expresamente establecido que una vez transcurrido “(…) dicho lapso sin que la parte manifes[tara] su interés, esta Sala decidirá lo que estime correspondiente (…)”. En tal sentido, se efectuaron las gestiones correspondientes a objeto de notificar a la actora del contenido de la citada sentencia, a saber: el 24 de mayo de 2022, ordenando la notificación, dirigida a la sociedad mercantil Tejidos Tefer, C.A.
Dispositiva
Se declara la extinción de la acción por pérdida de interés en la demanda de nulidad interpuesta por los abogados Ernesto Pérez Lanz y Mario Calderone Lara, actuando como apoderados judiciales de la sociedad mercantil Tejidos Tefer C.A., contra la Resolución Nro. 00016, dictada por el extinto Ministerio de Fomento.