Sentencia N° 310 — Sala Político Administrativa del TSJ, 10 de noviembre de 2021

TSJ/SPA, Sent. N° 00310, Exp. 2013-1637, 11/11/2021
Expediente2013-1637
PonenteMARÍA CAROLINA AMELIACH VILLARROEL
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoRecurso de Hecho
Fecha de la decisión2021-11-10
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre el recurso de hecho interpuesto por Activalores Sociedad de Corretaje de Valores, S.A. contra el auto que declaró inadmisible su apelación por extemporánea. La Sala confirmó la decisión del Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario, argumentando que la apelación fue presentada fuera del plazo legal establecido. Se destacó que la notificación de la sentencia fue realizada conforme a lo dispuesto en el Código Orgánico Tributario, y que la contribuyente no demostró que se encontraba a derecho en el momento de la notificación.

Extracto de la motiva

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Corresponde a esta Sala Político-Administrativa pronunciarse respecto al recurso de hecho incoado el 19 de noviembre de 2013 por la representación en juicio de la contribuyente Activalores Sociedad de Corretaje de Valores, S.A., contra el auto S/N de fecha 11 de ese mismo mes y año, emitido por el Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró “inadmisible” por extemporánea la apelación ejercida por la mencionada empresa contra la sentencia definitiva Nro. 2061 del 16 de septiembre de 2013, que declaró sin lugar el recurso contencioso tributario incoado con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra la Resolución Nro. 034-2011, emitida el 14 de junio de 2012 por la Dirección de Administración Tributaria del Municipio Chacao del Estado Bolivariano de Miranda. Delimitada así la litis, pasa este Alto Tribunal a decidir y, a tal efecto, observa: Previamente, esta Máxima Instancia procede a realizar algunas consideraciones acerca de

Dispositiva

1.- SU COMPETENCIA para conocer del recurso de hecho ejercido el 19 de noviembre de 2013 contra el auto S/N dictado por el Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 11 de noviembre de 2013, a través del cual declaró “inadmisible” por extemporánea la apelación ejercida por la representación judicial de la contribuyente ACTIVALORES SOCIEDAD DE CORRETAJE DE VALORES, S.A., contra la sentencia definitiva Nro. 2061 del 16 de septiembre de 2013, emitida por ese Órgano Jurisdiccional, que decidió sin lugar el recurso contencioso tributario incoado con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos el 22 de octubre de 2012, contra la Resolución Nro. 034-2011, emitida el 14 de junio de 2012 por la Dirección de Administración Tributaria del Municipio Chacao del Estado Bolivariano de Miranda. 2.- ADMITE el recurso de hecho incoado. 3.- SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto. 4.- SE CONFIRMA el auto S/N dictado el 11 de noviembre de 2013, mediante el cual el Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas se negó a oír la apelación incoada en los términos expuestos en el presente fallo.

Palabras clave

recurso de hechocontencioso tributariocompetenciaCódigo Orgánico Tributarionotificaciónplazos procesales

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca