La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia N° 0926, declara procedente la solicitud de reposición de la causa presentada por el Ministerio Público, argumentando que se cometió un error al sustanciarla bajo normas de nulidad cuando en realidad se trataba de una demanda patrimonial. La Sala ordena que el Juzgado de Sustanciación se pronuncie sobre la admisión de la demanda y que, de ser el caso, se sustancie conforme a las normas aplicables a demandas de contenido patrimonial. Además, se conservan todas las pruebas para su estudio.
Extracto de la motiva
La Sala, al analizar la solicitud de reposición, considera que la acción incoada por el ciudadano Jhonald Antonio HERNÁNDEZ GONZÁLEZ se refiere a una demanda patrimonial, ya que su pretensión es el pago de la diferencia de la pensión de retiro. Se observa que el procedimiento se sustanció conforme a la normativa aplicable a recursos de nulidad, lo que llevó a la Sala a concluir que es necesario reponer la causa al estado de que se tramite desde su inicio, garantizando así el derecho a la defensa y el debido proceso.
Dispositiva
1.- PROCEDENTE la solicitud de reposición de la causa realizada por la representante judicial del Ministerio Público. 2.- Se REPONE la causa al estado de admisión de la demanda. 3.- Se conservan todas las pruebas para su estudio. Publíquese, regístrese y comuníquese. Remítase el expediente al Juzgado de Sustanciación de esta Sala. Cúmplase lo ordenado.