La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la apelación interpuesta por Miguel Alberto Boccardo Paris contra el auto de admisión de la demanda presentada por el FOGADE. La demanda busca recuperar deudores por auxilios financieros otorgados al Banco La Guaira S.A.C.A. La Sala concluyó que la apelación era procedente y, tras analizar los argumentos, declaró sin lugar la apelación, confirmando el auto de admisión de la demanda.
Extracto de la motiva
La Sala ha considerado que el auto de admisión de la demanda es un pronunciamiento que en este especial procedimiento está sujeto a apelación. Se ha verificado que la apelación interpuesta por la parte demandada es procedente y se han analizado los argumentos esgrimidos por el apelante. En consecuencia, se ha decidido que la apelación no prospera, manteniendo la decisión del Juzgado de Sustanciación.
Dispositiva
Por lo expuesto, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación planteada por MIGUEL ALBERTO BOCCARDO PARIS contra el auto de admisión de la demanda intentada por el FONDO DE GARANTÍA DE DEPÓSITOS Y PROTECCIÓN BANCARIA (FOGADE), contra el ciudadano antes mencionado y los ciudadanos ANTONIO POLANCO CALDERON, CARLOS MENESES, ARIEL PRAT, JORGE DELANO, MAURICIO GARCÍA ARAUJO y ARMANDO ESPINOZA, dictado por el Juzgado de Sustanciación en fecha 12 de julio de 2005, el cual se CONFIRMA íntegramente.
Palabras clave
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