La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de ejecución forzosa presentada por Delia Raquel Pérez Martín de Anzola, quien demandó el cumplimiento de una sentencia anterior que ordenaba el pago de salarios dejados de percibir. La Sala ordenó notificar a la Procuraduría General de la República y a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura para que informen sobre el cumplimiento de la decisión y el cálculo de los sueldos adeudados. La decisión se fundamenta en la necesidad de garantizar el cumplimiento de los derechos laborales de la recurrente.
Extracto de la motiva
La ciudadana Delia Raquel Pérez Martín de Anzola pretende que en el presente caso: i) se le ordene a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura “hacer el cálculo en la forma correcta”, por cuanto -en su decir- se dejan de considerar algunos conceptos laborales, ii) se acuerde el pago de intereses por el retardo en el cumplimiento del fallo, iii) se le conmine a que señale la forma cómo va a proceder a hacer el pago y que en caso contrario, iv) se decrete la ejecución forzosa del fallo definitivo dictado en la presente causa, por cuanto -en su decir- la Dirección Ejecutiva de la Magistratura no acató la decisión de esta Sala de proceder a señalar la forma y oportunidad del pago ordenado.
Dispositiva
ORDENA NOTIFICAR al Procurador General de la República y al Director Ejecutivo de la Magistratura, a fin de que dentro de un lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos su notificación: (i) señalen lo que consideren conducente con relación a la impugnación del cálculo de los sueldos dejados de percibir por la actora, cursante al folio 387 del expediente, y a su vez, (ii) informen si para la fecha se han aprobado los recursos adicionales destinados al pago de los sueldos básicos y demás beneficios laborales dejados de percibir por la ciudadana DELIA RAQUEL PÉREZ MARTÍN DE ANZOLA, correspondientes al período comprendido entre el 1° de marzo de 2007 hasta el 14 de agosto de 2008, ambas fechas inclusive.