La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia Nro. 00303, declaró procedente la indexación de los montos ordenados a pagar a la abogada Delia Raquel Pérez Martín de Anzola, así como la reincorporación al cargo que ejercía. La decisión se fundamenta en la necesidad de garantizar el cumplimiento de los derechos laborales y la protección de la calidad de vida de los trabajadores. Se revocó un auto anterior que declaraba vencido el lapso para dar cumplimiento voluntario a la sentencia, permitiendo así que se materialice la reincorporación de la demandante.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala pronunciarse con relación a las solicitudes planteadas por la parte accionante y por la representación judicial de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, para lo cual se observa: Que la ciudadana Delia Raquel Pérez Martín de Anzola, pretende que en el presente caso, esta Sala ordene el pago total de los derechos y remuneraciones dejados de percibir desde el 5 de mayo de 2005, los cuales requiere sean indexados desde la oportunidad de admisión de la demanda hasta la ejecución efectiva del fallo. Asimismo solicita se ordene su reincorporación al cargo de Jueza titular. Por su parte, la representación judicial de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura solicita: i) se declare improcedente la indexación requerida; y ii) se libre oficio de notificación de la sentencia definitiva, de la aclaratoria y del decreto de ejecución voluntaria a la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, con el objeto de que ésta pueda practicar las diligencias necesarias para la reincorporación de la recurrente, y en consecuencia, se declare la revocatoria por contrario imperio del auto de fecha 06 de junio de 2016, mediante el cual se declaró vencido el lapso para dar cumplimiento voluntario a la sentencia.
Dispositiva
1.- PROCEDENTE la indexación monetaria de los montos ordenados a pagar en la sentencia definitiva, los cuales serán calculados mediante una experticia complementaria del fallo, de conformidad con lo establecido en el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil. 2.- IMPROCEDENTE el pago total de los derechos y remuneraciones dejados de percibir desde el 05 de mayo de 2005. 3.- SE REVOCA el auto de fecha 06 de junio de 2016, mediante el cual se declaró el vencimiento del lapso otorgado para dar cumplimiento voluntario a la sentencia. 4.- SE ORDENA oficiar a la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia para que gire las instrucciones pertinentes a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, con el objeto de la reincorporación de la ciudadana Delia Raquel Pérez Martín de Anzola 'al cargo que ejercía o a otro de similar o superior jerarquía'.
Palabras clave
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