Sentencia N° 301 — Sala Político Administrativa del TSJ, 13 de marzo de 2013

TSJ/SPA, Sent. N° 00301, Exp. 2007-1107, 14/03/2013
Expediente2007-1107
PonenteEvelyn Marrero Ortíz
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2013-03-13
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió parcialmente con lugar el recurso de apelación interpuesto por Ferro Cerámica Valcro, C.A. contra la sentencia del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario que había declarado parcialmente con lugar su recurso contencioso tributario. Se revocaron pronunciamientos sobre la negativa del allanamiento y la apertura del sumario administrativo, así como la improcedencia de la compensación opuesta por la contribuyente. La Sala ordenó a la Administración Tributaria recalcular los accesorios conforme a la ley.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el Juez de instancia destacó la imposibilidad de compensar los créditos derivados del impuesto al valor agregado por ser este de tipo indirecto, luego reconoce que la Providencia signada con letras y números SNAT/2005/0056 de fecha 27 de enero de 2005, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nro. 38.136 del 28 de enero de 2005, contempla una excepción a la prohibición de compensar este tipo de tributos establecida en el artículo 49 del Código Orgánico Tributario de 2001, pero que en el caso bajo examen resulta improcedente la compensación opuesta por la contribuyente, por no haber mediado el respectivo pronunciamiento favorable de la Administración Tributaria ante la compensación solicitada.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la sociedad de comercio FERRO CERÁMICA VALCRO, C.A., contra la sentencia definitiva Nro. 0395 dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central en fecha 16 de julio de 2007, que declaró parcialmente con lugar su recurso contencioso tributario interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos; en consecuencia, se REVOCA el fallo apelado en cuanto a: la negativa del allanamiento, la apertura del sumario administrativo y la improcedencia de la compensación opuesta. 2.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos por la empresa contribuyente; en consecuencia, se ANULA la “Resolución Culminación de Sumario” signada con letras y números RCE/DSA/540/05/00026 del 29 de diciembre de 2005, emitida por la DIVISIÓN DE SUMARIO ADMINISTRATIVO Y DE LA GERENCIA REGIONAL DE TRIBUTOS INTERNOS DE LA REGIÓN CENTRAL DEL SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), y FIRME el Acta de Reparo distinguida con letras y números GRTI-RCE-DFE-2005-03-FCO-02178-06 del 25 de agosto de 2005. 3.- Se ORDENA a la Administración Tributaria el recálculo de los accesorios, conforme a lo previsto en el artículo 186 del Código Orgánico Tributario de 2001, de acuerdo al análisis de la parte motiva de esta decisión.

Palabras clave

recurso contencioso tributariocompensaciónSENIAT

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