El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, declara el decaimiento del objeto del recurso de hecho interpuesto por el Municipio Los Taques del Estado Falcón contra la decisión del Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario que negó la apelación interpuesta. La decisión se basa en que el recurso contencioso tributario había sido extinguido por decaimiento del interés procesal, dado que la causa principal había sido decidida previamente. Se destaca la importancia de la notoriedad judicial y el deber del juez de atender a fallos previos para evitar contradicciones.
Extracto de la motiva
motivación alguna cercenando de esa IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 7 de 18 manera el derecho de mi representada a la defensa ya que dicha apelación no podía ser resuelta por el mismo tribunal, a menos que la negativa se hubiese fundamentado en un acto extemporáneo pero esto no fue así se apeló dentro del término Legal y el Tribunal, estaba en el deber de oír la apelación en ambos efectos y enviar el expediente a esta Corte al no haber sido hecho así por supuesto que no hay más alternativa que lo interpuso del presente RECURSO DE HECHO en virtud de la errada interpretación que el Tribunal C
Dispositiva
Por las razones precedentemente señaladas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara el DECAIMIENTO DEL OBJETO del recurso de hecho ejercido por representación judicial del MUNICIPIO LOS TAQUES DEL ESTADO FALCÓN, contra la decisión s/n, de fecha 17 de septiembre de 1997.
Palabras clave
apelacióntribunalesderecho a la defensaCódigo Orgánico TributarioCódigo de Procedimiento Civilinadmisibilidadactos administrativos