Sentencia N° 300 — Sala Político Administrativa del TSJ, 19 de febrero de 2002
TSJ/SPA, Sent. N° 00300, Exp. 14973, 20/02/2002
Expediente14973
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2002-02-19
DecisiónCon Lugar
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, se pronunció sobre el desistimiento de la apelación interpuesta por la Procuraduría General de la República contra una sentencia del Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario. La Sala constató que se trataba de un desistimiento puro y simple, y que la abogada Graciela O. Maldonado contaba con la autorización del Procurador General para llevar a cabo dicha acción. Al no existir razones de orden público que impidieran el desistimiento, la Sala declaró homologado el mismo, dejando firme la decisión apelada.
Extracto de la motiva
De lo expuesto se constata que se trata del desistimiento puro y simple de la apelación de un recurso contencioso tributario. Ahora bien, vista la legitimidad y capacidad procesal de la solicitante – según se evidencia de oficio Nº 0169 de fecha 16 de marzo de 1999, firmado por el Procurador General de la República, mediante el cual se autoriza expresamente a la abogada Graciela Maldonado, para desistir del presente recurso-, prevista dicha actuación por el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil aplicable al presente caso y no existiendo razón alguna de orden público que se oponga o impida su tramitación, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADO el referido desistimiento.
Dispositiva
Queda así, firme la decisión apelada. Publíquese, regístrese y comuníquese. Remítase el expediente al Tribunal de origen. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
desistimientoapelaciónrecurso contencioso tributariolegitimidadcapacidad procesalCódigo de Procedimiento Civilhomologación