Sentencia N° 299 — Sala Político Administrativa del TSJ, 2 de mayo de 2025

TSJ/SPA, Sent. N° 00299, Exp. 2025-0023, 05/05/2025
Expediente2025-0023
PonenteMALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2025-05-02
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, decidió parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por Inmobiliaria Isla Verde, C.A. contra la Resolución de Imposición de Sanción Nro. SNAT/INTI/GRTI/RLA/DR/RD/00003/2023-00006. Se anulan las planillas de liquidación y se ordena a la Administración Tributaria realizar un nuevo cálculo aplicando correctamente la concurrencia de infracciones. La sentencia del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario que declaró con lugar el recurso contencioso fue confirmada en parte, y se estableció que no procede la condena en costas.

Extracto de la motiva

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Revisado y analizado cada uno de los argumentos expuestos por las partes, y estando en la oportunidad legal para decidir, conforme a lo establecido en el artículo 304 del Código Orgánico Tributario vigente, este juzgador procede a emitir pronunciamiento y observa que la presente decisión se circunscribe a resolver los alegatos antes mencionados de la siguiente manera: PRIMERO: En relación al alegato presentado por el recurrente señalando la existencia de un vicio de nulidad absoluta por VIOLACIÓN DEL PRINCIPIO DE LA LEGALIDAD, PRINCIPIO DE LA TIPICIDAD Y FALSO SUPUESTO DE HECHO, alegato en el cual también hace referencia al procedimiento de Verificación, vicio en la constitución del acto administrativo al tomar el referencial cambiario errado y violación a los principios que rigen el procedimiento sancionatorio de la Administración (…). Ante lo cual señala, que el mencionado vicio se configura por tomar un referencial cambiario errado, así como la violación constitucional de los principios de la Legalidad Penal y Principio de Tipicidad, por lo que considera que vicia de nulidad absoluta la Resolución de Imposición de Sanción impugnada. (…) En este orden de ideas y de conformidad con los criterios jurisprudenciales previamente descritos, se puede señalar que efectivamente el contribuyente no cumplió con su deber formal de presentar la declaración de las retención del Impuesto Sobre la Renta IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 8 de 26 dentro del plazo que tenia para ello, hecho este que no es objeto de discusión, pues la propia recurrente es su escrito mencionó que (...) los hechos existen, figuran el expediente, pero la Administración Tributaria incurre en una errónea apreciación y calificación de los mismos (...); ahora bien, en relación sobre si existe una violación al principio de legalidad, es de resaltar que tal y como lo menciona la recurrente en su escrito, el mencionado principio establecido en la Constituc

Dispositiva

1.- PARCIALMENTE CON LUGAR, el Recurso Contencioso Tributario, ejercido por la ciudadana TINA SARCINELLI PELLIZZARI. 2.- FIRME CON DIFERENTE GRADUACIÓN, la Resolución de Imposición de Sanción bajo el Nro. SNAT/INTI/GRTI/RLA/DR/RD/00003/2023-00006. 3.- SE ANULAN LAS PLANILLAS DE LIQUIDACIÓN Y SE ORDENA a la Administración Tributaria realizar un nuevo cálculo aplicando correctamente la concurrencia de infracciones. 4.- NO PROCEDE LA CONDENA EN COSTAS.

Palabras clave

sancionesimpuestolegalidadtipicidadprocedimientoadministración tributaria

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