Sentencia N° 299 — Sala Político Administrativa del TSJ, 14 de febrero de 2007

TSJ/SPA, Sent. N° 00299, Exp. 2004-0886, 15/02/2007
Expediente2004-0886
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2007-02-14
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decide sobre la apelación interpuesta por Repsol YPF Venezuela, S.A. contra la sentencia del Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario que declaró sin lugar su recurso contencioso tributario. La Sala revoca la decisión del tribunal inferior, reconociendo la improcedencia de los intereses compensatorios y la actualización monetaria, y declara parcialmente con lugar el recurso interpuesto por la contribuyente. Además, se confirma la multa del 10% del tributo omitido, pero se revoca la condena en costas por no haber vencimiento total.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse acerca de la apelación interpuesta por la sociedad mercantil Repsol YPF Venezuela, S.A., antes denominada Maxus de Venezuela (C.I.) L.T.D., contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 9 de abril de 2003, que declaró sin lugar el recurso contencioso tributario interpuesto. De las alegaciones presentadas por los apoderados judiciales de la contribuyente, se desprende que el asunto a dilucidar es lo concerniente a resolver si conforme fue decidido por el a quo, procede la declaratoria sin lugar del recurso contencioso tributario, o si por el contrario, el recurso debe ser declarado parcialmente con lugar, en cuyo caso sería improcedente la condenatoria en costas. Asimismo, advierte la Sala que la contribuyente no apeló de la decisión del Tribunal de instancia de confirmar la multa en un equivalente al 10% del tributo omitido, de conformidad con lo establecido en el artículo 145 del Código Orgánico Tributario de 1994, en consecuencia queda firme dicha sanción. Así se decide. Determinada la litis, deberá esta Sala pronunciarse sobre el vicio de inmotivación denunciado por la recurrente en apelación, y a tal efecto observa: La representación apelante alegó que el juzgador de instancia incurrió en el referido vicio, como consecuencia de la contradicción incurrida entre la parte motiva y dispositiva del fallo, toda vez que en la primera, el a quo reconoció expresamente que [su] representada impugnó la actualización monetaria y los intereses compensatorios liquidados en la resolución impugnada, conceptos éstos declarados improcedentes, conforme a la decisión previamente dictada por la extinta Corte Suprema de Justicia; mientras que en la segunda (parte dispositiva), el mismo Tribunal declaró totalmente sin lugar el recurso intentado por [su] mandante, a pesar de haber anulado los conceptos antes indicados…

Dispositiva

1) CON LUGAR la apelación interpuesta por la sociedad mercantil REPSOL YPF VENEZUELA, S.A. [antes denominada Maxus de Venezuela (C.I.) L.T.D.], contra la sentencia Nº 104/2003 dictada en fecha 9 de abril de 2003 por el Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, respecto de la declaratoria sin lugar del recurso contencioso tributario y de la condenatoria en costas. 2) Se REVOCA del citado fallo el pronunciamiento referido a la declaratoria sin lugar del recurso contencioso tributario incoado por la contribuyente. 3) PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente el 3 de diciembre de 1997. 4) Se CONFIRMA de dicho fallo la declaratoria de improcedencia de los intereses compensatorios y la actualización monetaria contenidos en la Resolución identificada con letras y números GRNO-DF-500-EY-503061, de fecha 10 de septiembre de 1997, emitida por la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Nor-Oriental del Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (SENIAT). 5) FIRME la multa equivalente a un 10% del tributo omitido contenida en la resolución impugnada. En consecuencia, no procede la condena en costas por no haber vencimiento total.

Palabras clave

recurso contencioso tributariointereses compensatoriosactualización monetariamultaCódigo Orgánico Tributarioinconstitucionalidadgarantías constitucionalesvencimiento total

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca