Sentencia N° 297 — Sala Político Administrativa del TSJ, 13 de marzo de 2013

TSJ/SPA, Sent. N° 00297, Exp. 2012-0885, 14/03/2013
Expediente2012-0885
PonenteEvelyn Marrero Ortíz
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2013-03-13
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió con lugar el recurso de apelación interpuesto por el Fisco Nacional contra la sentencia del Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario que había declarado con lugar el recurso contencioso tributario de Hotel Del Lago, C.A. La controversia se centró en la validez de las Resoluciones Culminatorias del Sumario Administrativo y la interpretación de los plazos establecidos en el Código Orgánico Tributario. La Sala concluyó que las resoluciones impugnadas fueron emitidas y notificadas dentro del plazo legal, por lo que se revocó la decisión del tribunal inferior.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el Tribunal de la causa en relación a las Resoluciones Culminatorias del Sumario Administrativo impugnadas, incurrió en una errónea interpretación del artículo 151 del Código Orgánico Tributario de 1992, vigente para las fechas cuando se dictaron esas Resoluciones, así como de los artículos 225 y 148 ibídem, porque la Administración Tributaria tiene un plazo de un (1) año para dictar las Resoluciones Culminatorias del Sumario Administrativo, contado a partir del vencimiento de los veinticinco (25) días hábiles legalmente establecidos (artículo 148 eiusdem) para presentar el escrito de descargos; plazo este último que se computa desde la notificación del Acta Fiscal levantada en virtud de la investigación practicada, para los sumarios abiertos con posterioridad a la entrada en vigencia del Código Orgánico Tributario de 1992. Sin embargo, en el caso de los sumarios que estuviesen abiertos antes de la fecha indicada, esos lapsos se cuentan a partir del 10 de diciembre de 1992.

Dispositiva

1. CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial del FISCO NACIONAL contra la sentencia definitiva Nro. 1.892 dictada por el Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 29 de noviembre de 2011, que declaró con lugar el recurso contencioso tributario incoado subsidiariamente a los recursos jerárquicos interpuestos en fechas 6 de enero de 1994, 13 de mayo de 1994 y 19 de julio de 1994, por el apoderado judicial de la sociedad mercantil HOTEL DEL LAGO, C.A., contra la Resolución definitiva signada con letras y números HGJT-96-521-47 de fecha 31 de octubre de 1996, emanada de la Gerencia Jurídico Tributaria del Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (SENIAT), hoy Gerencia General de Servicios Jurídicos del SENIAT. En consecuencia, se REVOCA el fallo apelado en los términos expuestos en esta decisión. 2. SIN LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto subsidiariamente a los recursos jerárquicos ejercidos por la mencionada contribuyente Hotel Del Lago, C.A., contra la Resolución definitiva distinguida con letras y números HGJT-96-521-47 de fecha 31 de octubre de 1996, emitida por la Gerencia Jurídico Tributaria del Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (SENIAT), hoy Gerencia General de Servicios Jurídicos del SENIAT; en consecuencia, queda FIRME el mencionado acto administrativo. Se CONDENA EN COSTAS a la empresa contribuyente en los términos establecidos en esta sentencia.

Palabras clave

recurso contencioso tributarioFisco NacionalHotel Del LagoCódigo Orgánico Tributario

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