La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por Almacén La India PC Núñez, C.A. contra las resoluciones de imposición de sanción e intereses moratorios del SENIAT. Se ordenó el recálculo de las penas pecuniarias por la presentación y pago extemporáneo de las retenciones del impuesto al valor agregado, tomando en cuenta la figura de la concurrencia de infracciones. La sentencia del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario fue confirmada en parte, y se desestimaron los alegatos del Fisco Nacional sobre la errónea interpretación de las normas aplicables.
Extracto de la motiva
Así las cosas, este Juzgador considera que, la actuación de la Representación Tributaria Nacional para la liquidación de los respectivos Intereses Moratorios para períodos correspondiente a los ejercicios fiscales 2012 y 2013, de conformidad con lo previsto en el artículo 66 del Código Orgánico Tributario vigente, fue ajustada a derecho en todos y cada uno de los términos conferidos los cuales se identifican a continuación: En relación a la solicitud de suspensión de efectos, por tratarse la presente de una decisión definitiva, considera este Tribunal Superior, inoficioso realizar pronunciamiento sobre dicha solicitud. Así se decide. En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: 1). PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por el ciudadano JOSÉ RUIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro: V- 8.574.681, actuando en su carácter de Presidente de la contribuyente ‘ALMACÉN LA INDIA PC NÚÑEZ, C.A,’ inscrita en el Registro de Información Fiscal (R.I.F) J-08010375-0, domiciliada en Calle Bolívar, Edificio Almacén La India Piso, PB Local Almacén La India Sector Centro, y asistido por la Abogada ZORAIDA MENDOZA CENTENO, Venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° V- 4.600.633, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 29.145, contra las Resoluciones de imposición de sanción e intereses moratorios números: Dictadas por la División de Contribuyentes Especiales del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), actualmente adscrito al Ministerio del Poder Popular de Economía, Finanzas y Banca Pública. En los términos expuestos en el presente fallo. Así se decide.- 2). SE CONFIRMA PARCIALMENTE, las Resoluciones de sanción e intereses moratorios números: En los términos expuestos en el presente fallo. 3). Se le ordena a la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Nor-Oriental del SENIAT, emitir nuevas planillas de liquidación de multa, tomando en cuenta la aplicación de la concurrencia de infracciones, establecida en el artículo 81 del Código Orgánico Tributario vigente, tal y como se desprende al punto Nº 02 del presente fallo. Y así se Decide.- 4). De conformidad con lo previsto en el artículo 327 del Código Orgánico Tributario, y en virtud de la presente decisión en la cual ninguna de las partes resultó totalmente vencida, no hay especial condenatoria en costas. Así se decide.
Dispositiva
1.- FIRMES las decisiones no apeladas por la contribuyente. 2.- SIN LUGAR la apelación del FISCO NACIONAL. 3.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario. 4.- Se ORDENA el recálculo de las penas pecuniarias y la emisión de nuevas planillas de liquidación.
Palabras clave
Contencioso TributarioSENIATImpuesto al Valor AgregadoSancionesConcurrencia de Infracciones