Sentencia N° 296 — Sala Político Administrativa del TSJ, 27 de julio de 2022

TSJ/SPA, Sent. N° 00296, Exp. 2018-0750, 28/07/2022
Expediente2018-0750
PonenteMALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2022-07-27
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia confirma la sentencia del Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario que declaró con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por BAYER, S.A. contra la Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo del SENIAT. Se establece que las inversiones realizadas por BAYER, S.A. cumplen con los requisitos de avanzada tecnología y aumentan la capacidad productiva, lo que justifica la rebaja de impuesto solicitada. Se anula la decisión administrativa impugnada y no se condena en costas procesales a la República.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse acerca del recurso de apelación ejercido por la representación en juicio del Fisco Nacional, contra la sentencia definitiva Nro. 2432 del 25 de junio de 2018, dictada por el Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró con lugar el recurso contencioso tributario incoado por la contribuyente Bayer, S.A. Vistos los términos del fallo apelado, alegaciones expuestas en su contra por la representante en juicio del Fisco Nacional y la contestación de la empresa recurrente; la controversia planteada se circunscribe a decidir sobre: “vicio de falso supuesto de hecho al considerar que la Administración Tributaria debía calificar las inversiones realizadas por el contribuyente con el carácter de avanzada tecnología o de punta”. Previamente a decidir sobre los particulares supra enumerados, es pertinente resaltar que en el caso concreto el recurso contencioso tributario fue incoado conjuntamente con una solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos, que no fue decidida por el tribunal de instancia, cautela respecto a la cual esta Alzada no se pronunciará por ser de carácter accesorio y provisional a la acción principal de nulidad cuyo fondo corresponde ahora conocer. Así se establece. Delimitada como ha quedado la litis, pasa esta Alzada a decidir y, al efecto, observa: “Vicio de falso supuesto de hecho al considerar que la Administración Tributaria debía calificar las inversiones realizadas por el contribuyente con el carácter de avanzada tecnología o de punta”. Estableció el fallo apelado, que “(…) el sustento de los alegatos y la fundamentación explanada por la recurrente a través del objeto de la pretensión demuestran de manera contundente que la Administración Tributaria incurrió en ilegalidad al calificar las inversiones realizadas por la contribuyente de inversiones que no detentan el carácter de avanzada tecnología o de punta, en virtud del vicio de falso supuesto de hecho y de derecho, y visto que se trata de un vicio que afecta la causa del acto administrativo, acarrea su nulidad absoluta (…)”.

Dispositiva

1.- SIN LUGAR la apelación incoada por la apoderada judicial del FISCO NACIONAL, contra la sentencia definitiva Nro. 2432 dictada el 25 de junio de 2018, por el Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente BAYER, C.A., la cual se CONFIRMA. 2.- CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos por la mencionada contribuyente, contra la “Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo” distinguida con letras y números SNAT/INTI/GRTICERC/DSA/R-2012328, de fecha 15 de octubre de 2012, notificada el 12 de noviembre del mismo año, acto emitido por la Gerencia Regional de tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), Acto administrativo que se ANULA.

Palabras clave

BAYERSENIATrebaja de impuestotecnología avanzada

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