Sentencia N° 296 — Sala Político Administrativa del TSJ, 4 de junio de 2019

TSJ/SPA, Sent. N° 00296, Exp. 2012-1166, 05/06/2019
Expediente2012-1166
PonenteMARÍA CAROLINA AMELIACH VILLARROEL
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2019-06-04
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre el recurso contencioso tributario interpuesto por Micronizados Caribe, C.A. contra la Resolución de Imposición de Sanción e Intereses Moratorios del SENIAT. Se declaró sin lugar la apelación, confirmando la decisión del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario que había declarado parcialmente con lugar el recurso. La Sala también revocó el pronunciamiento que establecía que la sanción debía calcularse con base en la unidad tributaria vigente al momento del pago de la obligación tributaria principal, ordenando recalcular las sanciones utilizando el valor de la unidad tributaria vigente al momento del pago de la multa.

Extracto de la motiva

Por esta razón, juzga esta Sala que al no haber consignado la parte apelante (Fisco Nacional) dentro del lapso de (5) días continuos en razón del término de la distancia y diez (10) días despacho previsto en el artículo 92 eiusdem el mencionado escrito, en el cual se expresaran los motivos fácticos y jurídicos que hacían procedente a su juicio la revocatoria del fallo impugnado, ni indicar tales razones en la diligencia contentiva de la apelación ejercida ante el Tribunal a quo, circunstancia esta que habría obligado a esta Máxima Instancia a conocer de las denuncias invocadas conforme al criterio sentado por la Sala Constitucional mediante decisión Núm. 1.350 de fecha 5 de agosto de 2011 (caso: Desarrollo Las Américas, e Inversiones 431.799, C.A.); no puede esta Alzada pasar a conocer y decidir dicho recurso, so pena de suplir la carga procesal correspondiente al interesado. Sobre la base de las consideraciones que anteceden, no habiendo constatado esta Sala la violación de normas de orden público, lo procedente es declarar el desistimiento tácito de la apelación ejercida por la abogada Petra Guaiquirian ya identificada, actuando -a su decir- como abogada sustituta de la Procuraduría General de la República, en representación del Fisco Nacional, contra la sentencia definitiva N° PJ602011000361 de fecha 17 de octubre de 2011, dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, con fundamento en lo previsto en el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Así se decide.

Dispositiva

1.- FIRMES los pronunciamientos del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario. 2.- DESISTIDO TÁCITAMENTE el recurso de apelación. 3.- REVOCA el pronunciamiento sobre la unidad tributaria. 4.- SIN LUGAR la apelación de Micronizados Caribe, C.A. 5.- SIN LUGAR el recurso contencioso tributario. 6.- Se ORDENA recalcular las sanciones impuestas.

Palabras clave

Contencioso TributarioSanciónIntereses MoratoriosUnidad Tributaria

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