Sentencia N° 294 — Sala Político Administrativa del TSJ, 14 de marzo de 2018

TSJ/SPA, Sent. N° 00294, Exp. 2011-0547, 15/03/2018
Expediente2011-0547
PonenteMARÍA CAROLINA AMELIACH VILLARROEL
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2018-03-14
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre el recurso contencioso tributario interpuesto por BBO Casa de Bolsa, C.A. contra la Resolución Culminatoria de Sumario Administrativo N° GCE-SA-R-2000-069. La sentencia del Tribunal de instancia había declarado parcialmente con lugar el recurso, pero la Sala revocó dicha decisión, considerando que las actividades de intermediación realizadas por la contribuyente están sujetas al Impuesto al Consumo Suntuario y a las Ventas al Mayor, desestimando así las objeciones fiscales formuladas por la Administración Tributaria.

Extracto de la motiva

motivación del acto administrativo recurrido es “defectuosa, incompleta e insuficiente dado que las normas en que se sustentan contienen una pluralidad de supuestos de hechos”; 4.- la Resolución objeto de impugnación está afectada de falso supuesto, por cuanto las actividades de intermediación realizadas por la contribuyente no se hallan gravadas por la Ley de Impuesto al Consumo Suntuario y a las Ventas al Mayor de conformidad con lo establecido en el ordinal 3° de su artículo 14; 5.- “la Administración Tributaria so pretexto del incumplimiento de requisitos formales formula un reparo injusto que no consulta la capacidad contributiva de la contribuyente”; y 6.- el órgano exactor incurrió en IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 5 de 17

Dispositiva

Se declara SIN LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente contra la Resolución Culminatoria de Sumario Administrativo N° GCE-SA-R-2000-069 del 31 de mayo de 2000, que ratificó el contenido del Acta Fiscal N° MH-SENIAT-GCE-DF-0421/99-03 de fecha 23 de noviembre de 1999; actos administrativos que quedan FIRMES. Se CONDENA en costas procesales a la sociedad de comercio recurrente en un monto equivalente al cinco por ciento (5%) de la cuantía del recurso contencioso tributario.

Palabras clave

actos administrativosimpuestointermediaciónderecho a la defensafalso supuestocompetenciarequisitos formales

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