La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial del Fisco Nacional contra la sentencia N° 064/2011, que había declarado con lugar el recurso contencioso tributario de la sociedad mercantil Coca-cola Femsa de Venezuela, S.A. La decisión se basa en que la cuantía de la causa no alcanzaba el mínimo requerido para la procedencia del recurso de apelación, conforme a lo establecido en el Código Orgánico Tributario. Además, se revoca el auto que había admitido la apelación en ambos efectos.
Extracto de la motiva
Vistos los términos en que fue dictado el fallo apelado, las consideraciones expuestas en su contra por el Fisco Nacional y la contestación de la contribuyente, observa esta Sala que el asunto planteado queda circunscrito a decidir acerca de los presuntos vicios en que incurrió el a quo respecto del error de interpretación por falso supuesto de derecho al declarar la prescripción de la obligación tributaria, y la incongruencia negativa del fallo al no haberse pronunciado la sentencia sobre todos los alegatos esgrimidos por las partes durante el curso de la causa.
Dispositiva
1.- INADMISIBLE el recurso de apelación ejercido por la representación judicial del FISCO NACIONAL, contra la sentencia N° 064/2011 de fecha 14 de julio de 2011, dictada por el Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas que declaró con lugar el recurso contencioso tributario incoado por la sociedad mercantil PANAMCO DE VENEZUELA, S.A. (ahora Coca-cola Femsa de Venezuela, S.A.), la cual se confirma. 2.- NO PROCEDE la consulta. 3.- Se REVOCA el auto dictado por el referido Tribunal en fecha 24 de octubre de 2011, mediante el cual se oyó en ambos efectos el presente recurso de apelación.