La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre su competencia para conocer del recurso de nulidad interpuesto por Juan de Jesús Mendoza Ramos contra el Concejo Municipal del Municipio Páez del Estado Portuguesa. Se determinó que el acto administrativo impugnado estaba vinculado a una resolución del Contralor General de la República, lo que justificó la acumulación de causas por conexidad.
Extracto de la motiva
Atendiendo a los razonamientos expresados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1.- ACEPTA LA COMPETENCIA declinada por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, mediante decisión de fecha 5 de noviembre de 2007, para conocer del recurso de nulidad interpuesto por el abogado JUAN DE JESÚS MENDOZA RAMOS, contra el acuerdo dictado por el CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO PÁEZ DEL ESTADO PORTUGUESA, contenida en el Acta N° 100 correspondiente a la sesión extraordinaria celebrada en fecha 12 de noviembre de 2006. 2.- Ordena ACUMULAR la presente causa a la contenida en el expediente N° 2006-1869.
Dispositiva
1.- ACEPTA LA COMPETENCIA declinada por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, mediante decisión de fecha 5 de noviembre de 2007, para conocer del recurso de nulidad interpuesto por el abogado JUAN DE JESÚS MENDOZA RAMOS, contra el acuerdo dictado por el CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO PÁEZ DEL ESTADO PORTUGUESA, contenida en el Acta N° 100 correspondiente a la sesión extraordinaria celebrada en fecha 12 de noviembre de 2006. 2.- Ordena ACUMULAR la presente causa a la contenida en el expediente N° 2006-1869.